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Concurso de acreedores terminado Estorteca Sl (Extinguida)

El 19-09-2014, Estorteca Sl (Extinguida), en GORDEXOLA (Vizcaya) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de BILBAO. El número de insolvencia de esta empresa es B95130290. La actividad (principal) de Estorteca Sl (Extinguida) es actividades de construcción especializada.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Estorteca Sl (Extinguida)
Localidad:
GORDEXOLA
Provincia:
Vizcaya
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B95130290
Número de insolvencia:
B95130290
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
:
LANDA 2
48600 MOREAGA
Mostrar en tarjeta
-
BO :
ZUBIETE (POL INDUSTRIAL ISASI) 42
48192 GORDEXOLA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
01-10-2014
A140048091
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Edicto

Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao.

Concurso abrev. 729/2014.

Deudor: Estorteca, S.L.

Abogado: Gómez Simón, José Ángel.

Procuraodr: Pedro María Santín Díez.

Sobre: Concurso voluntario.

En el referido procedimiento concursal se ha dictado 19/9/2014 auto de declaración y simultánea conclusión por insuficiencia de masa activa, en la que la parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

1.º Debo declarar y declaro el concurso voluntario de la mercantil Estorteca, S.L., con CIF n.º B-95130290, representado por el Procurador de los Tribunales don Pedro María Santín Díez y simultáneamente concluirlo por insuficiencia de masa.

2.º Publíquese la declaración de concurso y su conclusión en extracto por medio de edictos en el Boletín Oficial del Estado, en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Registro Público Concursal. La publicación en el BOE tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado. A tal efecto colóquese el edicto informativo en el tablón de anuncios de este Juzgado y líbrese oficio al Director del Boletín Oficial del Estado. Si no fuera posible la publicidad y remisión de oficios vía telemática, informática y electrónica, entréguense al Procurador del solicitante del concurso los mandamientos y los oficios acordados, autorizándole a realizar cuantas gestiones sean necesarias para una pronta tramitación de los mismos, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes.

3.º Notifíquese la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial, a la Tesorería General de la Seguridad Social, a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y al Departamento de Hacienda de la Diputación Foral de Bizkaia.

4.º Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Vizcaya a cuyo efecto se expedirá mandamiento por duplicado al citado Registro y de los que se hará entrega al Procurador don Pedro María Santín Díez para su diligenciamiento.

5.º Remítase al Ministerio Fiscal testimonio de esta resolución, copia de los inventarios y de las listas de acreedores, y del escrito de subsanación, por si los hechos pudieran ser constitutivos de un delito de insolvencia punible.

Bilbao (Bizkaia), 19 de septiembre de 2014.- El Secretario Judicial.

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