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Concurso de acreedores terminado Arrendamientos Turisticos E Inmobiliarios S.L.

El 05-02-2013, Arrendamientos Turisticos E Inmobiliarios S.L., en TORREMOLINOS (Málaga) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MÁLAGA. El número de insolvencia de esta empresa es B92313048. La actividad (principal) de Arrendamientos Turisticos E Inmobiliarios S.L. es servicios de alojamiento.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Arrendamientos Turisticos E Inmobiliarios S.L.
Localidad:
TORREMOLINOS
Provincia:
Málaga
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B92313048
Número de insolvencia:
B92313048
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Servicios de alojamientos, comidas y bebidas
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
PZ :
DE LA INDEPENDENCIA (HOTEL PICASSO) 0
29620 TORREMOLINOS
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
29-12-2020
A200066129
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

E D I C T O

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga, anuncia:

Que en el procedimiento concursal Nº100/2013 (NIG: 2906742M20130000138) referente al deudor ARRENDAMIENTOS TURISTICO E INMOBILIARIOS, S.L. con CIF B92313048, por auto de fecha 10 de diciembre de 2020 se ha acordado la conclusión del concurso por haber concluido las operaciones de liquidación, cesando las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes en este momento y cesando el Administrador Concursal en su cargo. También se acuerda la extinción de la sociedad. Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Málaga, 23 de diciembre de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díaz.

09-07-2013
A130039260
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga, anuncia:

1. Que en el procedimiento concursal 100/13, referente al deudor "Arrendamientos Turísticos e Inmobiliarios, S.L.", se ha presentado el informe de la Administración concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias a su costa.

2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto, que se publicará en el tablón de anuncios y en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.

Málaga, 26 de junio de 2013.- Secretario Judicial.

02-03-2013
A130008598
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 100/13, por auto de fecha 5 de febrero de 2013, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Arrendamientos Turístico e Inmobiliarios, S.L., con NIF B92313048, domicilio en Málaga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.º Que la administración concursal la integra D. José Miguel Cabezas Argueda, provisto de DNI 30519922A; que lo hace en nombre y representación de la Sociedad Gestión Integral de Concurso de Acreedores SCP entidad con domicilio fiscal Luis Portero, n.º 3, 632, y dirección postal 29010, Vecino de Málaga, Tfno.: 951 931 937// 952 22 98 80, y con dirección de correo electrónico info@gica.es que designa a los efectos de comunicación de créditos.

4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera.

6.º. Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

Málaga, 15 de febrero de 2013.- Secretario Judicial.

Informes
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