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Concurso de acreedores terminado Bioengineering Software Sl.

El 11-05-2016, Bioengineering Software Sl., en TORREMOLINOS (Málaga) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MÁLAGA. El número de insolvencia de esta empresa es B93262467. La actividad (principal) de Bioengineering Software Sl. es programación, consultoría y otras actividades relacionadas con la informática.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Bioengineering Software Sl.
Localidad:
TORREMOLINOS
Provincia:
Málaga
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B93262467
Número de insolvencia:
B93262467
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Información y comunicaciones
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
DOCTOR JIMENEZ ENCINA, 4 - PISO 3 D 0
29620 TORREMOLINOS
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
25-04-2019
A190022175
 
  • Conclusión del concurso
 

EDICTO

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 265/2016 (NIG 2906742M20160000393) por de fecha 9 de abril de 2019 se ha conluido en concurso voluntario del deudor, BIOENGINEERING SOFTWARE, S.L., con CIF B93262467, se determina la conclusión del mismo por falta de bienes conforme al art. 176.bis 4 de la LC. La conclusión del concurso produce los efectos regulados en el artículo 178 de la Ley Concursal.

Málaga, 22 de abril de 2019.- Letrado de la administracion de justicia, José María Casasola Diaz.

25-04-2019
A190022243
 
  • Conclusión del concurso
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

Que en el procedimiento número 265/2016 (NIG 2906742M20160000393) por de fecha 9 de abril de 2019 se ha concluido en concurso voluntario del deudor, BIOENGINEERING SOFTWARE, S.L., con CIF B93262467, se determina la conclusión del mismo por falta de bienes conforme al art. 176.bis 4 de la LC. La conclusión del concurso produce los efectos regulados en el artículo 178 de la Ley Concursal.

Málaga, 22 de abril de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díaz.

21-06-2016
A160036541
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 265.01/2016, con NIG 2906742M20160000393, por auto de 11/05/16 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Bioengineering Software, S.L.., con CIF B-93262467, domicilio en Torremolinos (Málaga) C/ Doctor Jiménez Encina, n.º 4, 3.º D, CP 29620, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal.

3.º Que la administración concursal la integra don Carlos Álvarez Fernández, auditor de cuentas y economista, con NIF 35023003Y, con domicilio y dirección postal en Málaga, C/ Panadero, n.º 18, 2.º D, Málaga, tef. 637796308, fax n.º 934335327, y con dirección de correo electrónico bioengeineering@econolegal.es que designa a los efectos de comunicación de créditos..

4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

6.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

Málaga, 9 de junio de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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