Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil de Jaén, anuncia:
Que el procedimiento concursal número apertura sección 45.05/08, referente al concursado Grupo Promotor Kipen, S.L., con CIF B-61769106, y domicilio en Cr de Alcalá, s/n, Alcaudete, por Auto de fecha 31/3/2014 ha acordado los siguiente:
1. Declarar la conclusión del concurso Kipen, S.L., y el archivo de las actuaciones.
".- Aprobar las cuentas presentadas por la Administración concursal.
3. Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.
4. Acordar la extinción de la sociedad Kipen, S.L.
Jaén, 1 de abril de 2014.- La Secretaria Judicial.
El Juzgado de lo Mercantil de Jaén, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número Apertura Sección 45.05/2008 referente al concursado Grupo Promotor Kipen Sociedad Limitada, por auto de fecha 16 de marzo de 2009 se ha acordado lo siguiente:
Primero.- Abrir la fase de liquidación.
Segundo.- La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
Tercero.- Se ha declarado disuelta la sociedad concursada, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
Cuarto.- Dentro de los diez días siguientes a la última publicación que conforme a lo establecido en la Ley Concursal se hubiera dado a la resolución judicial de aprobación de convenio, o en su caso de la apertura de liquidación, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en la sección sexta alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Jaén, 16 de marzo de 2009.- El/la Secretario Judicial.
1. Se declara en concurso de carácter necesario al deudor "GRUPO PROMOTOR KIPEN SOCIEDAD LIMITADA".- 2.- Se suspende el ejercicio por el deudor "GRUPO PROMOTOR KIPEN, SOCIEDAD LIMITADA" de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por los administradores concursales. 3.- Se nombra ADMINISTRADORES DEL CONCURSO, con las facultades expresadas en el pronunciamiento anterior, a los siguientes: Al Abogado EDUARDO SÁNCHEZ GODOY, con DNI 26004067Z, con domicilio en Calle Navas de Tolosa nº 8 entreplanta, al economista FELIX CALOS GARCÍA GONZALO, con D.N.I. 25926312E, con domicilio en calle Pintor Carmelo Palomino nº 18-4º B y a la entidad "FERNANDO MARIA, SOCIEDAD LIMITADA", con C.I.F. B40151698, con sede social en calle San Roque, nº 12 Abades -Segovia-, que designa en su representación a JUAN JOSÉ ROMERO AVILA GARCÍA, con