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Concurso de acreedores terminado Lomas Del Burgo Sociedad Limitada

El 20-10-2010, Lomas Del Burgo Sociedad Limitada, en ARRECIFE (Palmas (Las)) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. El número de insolvencia de esta empresa es B42132985. La actividad (principal) de Lomas Del Burgo Sociedad Limitada es construcción de edificios.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Lomas Del Burgo Sociedad Limitada
Localidad:
ARRECIFE
Provincia:
Palmas (Las)
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B42132985
Número de insolvencia:
B42132985
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
EL GRECO 17
35500 ARRECIFE
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
28-07-2020
A200032043
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Edicto.

Doña Elena Luri Rodríguez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil, n.º 2 de Las Palmas, por el presente,

Hace saber: Que en el procedimiento concursal número 52/2010 y de la mercantil LOMAS DE BURGOS, S.L., en la presente sección y en el mismo día de la fecha se ha dictado Auto en cuya parte dispositiva consta entre otros:

Declarar la conclusión del concurso de la concursada LOMAS DEL BURGO, S.L., con C.I.F. B-42132985, por haberse cumplido íntegramente por la misma el convenio aprobado en las presentes actuaciones por Sentencia de fecha 1 marzo de 2012, cesando las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, de conformidad a lo establecido en el art. 177.3 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 23 de julio de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Elena Luri Rodríguez.

14-03-2012
A120013057
 
  • Presentación de la propuesta de convenio
 

Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas.

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal n.º 52/10, seguido a instancia de la Procuradora doña Emma Crespo Ferrandis, en nombre y representación de Lomas del Burgo, S.L., con C.I.F. B-42132985, y con domicilio social y centro principal de sus intereses en la calle El Greco, 17-4.º-I, Arrecife de Lanzarote, se ha dictado sentencia de fecha 1 de marzo de 2012, en cuya parte del Fallo constan, entre otros, los siguientes extremos:

Apruebo la propuesta de convenio presentada en el presente expediente de concurso voluntario por la Procuradora doña Emma Crespo Ferrandiz, en nombre y representación de Lomas del Burgo, S.L., con las correcciones operadas en acta de la misma y votada a favor en la Junta de Acreedores de 18 de enero de 2012, produciendo efectos desde la fecha de la presente sentencia. Los efectos recogidos en el auto de declaración de concurso (de 18 de noviembre de 2011) se verán sustituidos por los del convenio.

Se acuerda el cese de la Administración Concursal, la cual deberá rendir cuentas de su gestión en el plazo de quince días.

El convenio vinculará al deudor y a los acreedores ordinarios y subordinados, respecto de los créditos que fuesen anteriores a la declaración de concurso, siendo que los acreedores subordinados quedarán afectados por las mismas quitas y esperas establecidas en el convenio para los ordinarios, pero los plazos de espera se computarán a partir del íntegro cumplimiento del convenio respecto de estos últimos.

Subsisten los derechos frente a los obligados solidariamente con el concursado y frente a sus fiadores o avalistas, quienes no podrán invocar ni la aprobación ni los efectos del convenio en perjuicio de aquéllos, respecto de los acreedores que no hubiesen votado a favor del convenio.

Los créditos de los acreedores privilegiados que hubiesen votado a favor del convenio, los de los acreedores ordinarios y los de los subordinados quedarán extinguidos en la parte a que alcance la quita, aplazados en su exigibilidad por el tiempo de espera y, en general, afectados por el contenido del convenio.

Se impone a los concursados la obligación de presentar semestralmente informe acerca del cumplimiento de lo términos del convenio, así uno final, cuando se entiendan cumplimentados los pactos alcanzados.

Notifíquese a las partes y hágales saber que contra la misma, por mor del art.197.4 cabe recurso de apelación que se tramitará con carácter preferente y en la forma prevista para las apelaciones de sentencias dictadas en juicio ordinario. De igual forma, se podrán reproducir todas aquellas cuestiones resueltas por los autos resolutorios de recursos de reposición y por las sentencias dictadas en incidentes concursales promovidos en la fase común o en la de convenio, siempre y cuando se hubiese formulado la oportuna protesta y se formule el recurso en el plazo de veinte días siguientes a la notificación de la presente.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en la sentencia dictada, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 2 de marzo de 2012.- Secretaria Judicial.

29-11-2011
85723
 
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de convenio
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
  • Apertura de la sección quinta
 

D.ª Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 2 de Las Palmas,

Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal n.º 52/2010, seguido a instancia de la Procuradora D.ª Enma Crespo Ferrandis, en nombre y representación de la entidad mercantil LOMAS DEL BURGO, S.L., con CIF: B-42132985, y con domicilio social y centro pricipal de sus intereses en la calle El Greco, 17, 4.º I Arrecife de Lanzarote, se ha dictado Auto de fecha 18 de noviembre 2011, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

1. Se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal, de la entidad mercantil LOMAS DEL BURGO, S.L., con CIF B-42132985.

2. Se abre la fase de convenio que se encabezará con testimonio de esta resolución, formándose la Sección Quinta.

3. Se convoca Junta de acreedores que se celebrará el día 18 de enero de 2012, a las 12.00 horas, en la Sala de Vistas de este Juzgado, sita en la calle Reyes Católicos, n.º 6, planta 2.ª.

4. Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta el deudor o los acreedores cuyos créditos superen, conjunta o individualmente, una quinta parte del total del pasivo resultante de la lista definitiva, podrán presentar propuestas de convenio.

5. Los acreedores que lo deseen pueden adherirse a la/s propuesta/s de convenio que se presenten en los términos previstos en el artículo 115.3 de la LC.

6. Notifíquese este auto al concursado a la administración concursal y a las partes perdonadas.

7. Anúnciese la celebración de la Junta por medio de edictos que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado.

8. Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el art. 118 de la Ley Concursal

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 18 de noviembre de 2011.- Secretaria Judicial.

11-11-2010
79987
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

Edicto.

Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000052/2010, seguido a instancias de la Procuradora doña Enma Crespo Ferrandis, en nombre y representación de la entidad mercantil "Lomas de Burgo, S.L.", se ha dictado auto el día 20 de octubre de 2010, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de "Lomas de Burgo, S.L." con CIF: B42132985, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Se designan como Administrador del concurso al Letrado don José María Súarez Rodríguez del Valle.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición de la deudora respecto a su patrimonio, se acuerda: intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de quince días a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 6.3 del Real Decreto-ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal, por el cual se modifica el n.º 5.º del apartado 1 del art. 21 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Don Antonio Carlos Martínez-Uceda Calatrava [p10], Magistrado-Juez, doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria judicial. (Firmados y rubricados.)

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el auto dictado, así comode notificación a los acreedores y a la deudora en el caso de que ésta no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 29 de octubre de 2010.- La Secretaria.

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