El 04-11-2009, Bodegas Viñasoro Sociedad Limitada, en ALCAZAR DE SAN JUAN (Ciudad Real) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de CIUDAD REAL. El número de insolvencia de esta empresa es B13322698. La actividad (principal) de Bodegas Viñasoro Sociedad Limitada es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Nombre:
Bodegas Viñasoro Sociedad Limitada
Localidad:
ALCAZAR DE SAN JUAN
Estado:
Concurso de acreedores terminado
Número de insolvencia:
B13322698
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
- Conclusión por insuficiencia de masa activa
Doña María Pilar Moreno Arenas, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real,
Por el presente, anuncio: Que en el proceso de concurso voluntario abreviado, seguido en este órgano judicial con el número 770/2009, de la entidad concursada "BODEGAS VIÑASORO, S.L.", se ha dictado auto en fecha 6 de febrero de 2014 de conclusión del concurso por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos.
Ciudad Real, 17 de febrero de 2013.- Secretaria Judicial.
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de los de Ciudad Real, anuncia:
1º. - Que en el procedimiento de PZ. Inc. Conc. sobre autorización judicial (188) nº 770/09-04, por auto de fecha 21/03/2011, se ha autorizado la venta directa, propuesta por la Administración concursal, de los bienes que componen los activos de la sociedad concursada Bodegas Viñasoro, S.L., de forma que se permita al adquirente la continuidad de la actividad a la que se venían destinando los bienes como unidad productiva, siempre que la misma se produzca por un precio no inferior a 2.783.074,66 de euros, con pago al contado.
2º.- Que por la entidad Viñalcazar, S.L., se ha hecho propuesta en firme para la adquisición directa de las instalaciones en cuantía de 2.783.074,66 de euros.
3º.- Que, dentro del plazo de diez días siguientes a la publicación del presente en el BOE, puede presentarse mejor postor, lo que daría lugar a que se abriese licitación entre los oferentes y, en su caso de que no se presentaren, se procedería a su adjudicación.
Ciudad Real, 22 de marzo de 2011.- El Secretario Judicial, don Rafael Villar Herrera.
Edicto.
El Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, anuncia:
1.º Que en el procedimiento de PZ. INC. CONC. sobre autorización judicial (188) n.º 770/2009-02, por auto de fecha 25 de octubre de 2010, se ha autorizado la venta directa, propuesta por la administración concursal, de los bienes que componen los activos de la sociedad concursada "Bodegas Viñasoro, S.L", de forma que se permita al adquirente la continuidad de la actividad a la que se venían destinando los bienes como unidad productiva, siempre que la misma se produzca por un precio no inferior a 3.000.000 de euros, con pago al contado.
2.º Que por la entidad "Espait, S.L", se ha hecho propuesta en firme para la adquisición directa de las instalaciones en cuantía de 3.000.000 de euros.
3.º Que dentro del plazo de diez días siguientes a la publicación del presente en el B.O.E, puede presentarse mejor postor, lo que daría lugar a que se abriese licitación entre los oferentes y, en caso de que no se presentaren, se procedería a su adjudicación.
En Ciudad Real, 25 de octubre de 2010.- El Secretario judicial.
- Cese de los Administradores
- Apertura de la fase de liquidación
- Apertura de la sección seis
Edicto
El Juzgado de 1º Instancia e Instrucción nº 4 y Mercantil de Ciudad Real, anuncia:
Que en el procedimiento de Concurso Abreviado nº 770/2009-B, referente a la concursada Bodegas Viñasoro, S.L., por auto de fecha 10-septiembre-2010, se ha acordado lo siguiente:
1.-Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2.- Decretar la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.
3.- Se ha declarado disuelta la mercantil Bodegas Viñasoro, S.L., cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal.
4.- La formación de la Sección Sexta de calificación del concurso, lo que se comunica a cualquier acreedor o persona con interés legítimo para que pueda personarse en dicha Sección Sexta alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable (art. 168 LC), dentro de los diez días siguientes a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del Estado.
Ciudad Real, 10 de septiembre de 2010.- La Secretaria Judicial.
El Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción número 4 de Ciudad Real y de lo Mercantil, anuncia:
En el procedimiento de concurso abreviado nº 770/09-B, seguido ante este Juzgado de 1ª Instancia número 4 y Mercantil de Ciudad Real a instancia de la entidad concursada Bodegas Viñasoro, S.L., por resolución de esta fecha se ha acordado, conforme al art. 142 bis de la Ley Concursal, notificar la presentación del escrito de Propuesta Anticipada de Liquidación por la concursada y del escrito de evaluación por la Administración Concursal a todos los interesados no personados, a fin de que puedan formular observaciones a la propuesta anticipada de liquidación en el plazo de diez días y en las condiciones establecidas en el art. 96.1º de la Ley Concursal.
Ciudad Real, 26 de abril de 2010.- El Secretario Judicial, don Antonio Gutiérrez Cardenete.
- Presentación del Informe de la administración concursal
- Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
Edicto.
El Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 y Mercantil de Ciudad Real, anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal nº 770/2009 referente al deudor "Bodegas Viñasoro, S.L.", se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.
2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 y de lo Mercantil.
3.- Para hacerlo será necesario valerse de Abogado y Procurador.
Ciudad Real, 10 de febrero de 2010.- El Secretario Judicial.
- Auto de declaración de concurso voluntario
Edicto.
El Juzgado de Primera Instancia núm. 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1.º Que en el procedimiento de Concurso Abreviado n.º 770/2009-B, por Auto de fecha 4 noviembre 2009, se ha declarado en concurso voluntario al deudor "Bodegas Viñasoro, S.L.", C.I.F. n.º B-13322698, con domicilio social en Carretera Alcázar-Manzanares, Km. 7,200 de Alcázar de San Juan, que coincide con el centro de sus principales intereses.
2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Auto de declaración de concurso.
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Ciudad Real, 4 de noviembre de 2009.- El Secretario Judicial.
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