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Concurso de acreedores Marmoles Fegonsamar Sl

El 17-12-2020, Marmoles Fegonsamar Sl, en LA ROMANA (Alicante) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de ALICANTE. El número de insolvencia de esta empresa es B53389821. La actividad (principal) de Marmoles Fegonsamar Sl es fabricación de otros productos minerales no metálicos.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Marmoles Fegonsamar Sl
Localidad:
LA ROMANA
Provincia:
Alicante
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B53389821
Número de insolvencia:
B53389821
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
PD :
DE BATISTES POL. 43
03669 LA ROMANA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
26-01-2021
A210003436
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Dña.María Pilar Solanot García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan los autos de Concurso Ordinario – 000223/2020- D en los que se ha dictado con fecha 17-12-2020,auto declarando en estado de concurso VOLUNTARIO a MARMOLES FEGONSAMAR S.L., con domicilio en Partida del Collao-Paraje de Batistes-Parcela 306 del polígono 4. La Romana. Alicante., C.I.F. B53389821,inscrita en el Registro Mercantil de Alicante.

Facultades: Se decreta la intervención de las facultades de administración de la mercantil concursada.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación en el B.O.E.

Identidad de la Admon. Concursal: D.MANUEL RAMÓN RIVES FULLEDA, con domicilio en calle Cervantes nº 2, 3º. C.P. 03350 Cox. Alicante, teléfono nº 966750589, fax nº 965361383 y correo electrónico info@rives.abogado.es

Examen de los autos: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador y los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Alicante, 8 de enero de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Pilar Solanot García.

Informes
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