Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Pescados Madrigal Sociedad Limitada.

El 01-01-0001, Pescados Madrigal Sociedad Limitada., en TOMELLOSO (Ciudad Real) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de CIUDAD REAL. El número de insolvencia de esta empresa es B13540158. La actividad (principal) de Pescados Madrigal Sociedad Limitada. es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Pescados Madrigal Sociedad Limitada.
Localidad:
TOMELLOSO
Provincia:
Ciudad Real
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B13540158
Número de insolvencia:
B13540158
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
VIRGEN VIÑAS 16
13700 TOMELLOSO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
09-07-2020
A200027884
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

EDICTO

Don José Manuel Torres Braos, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 177.3 de la LC,

ANUNCIA

En este órgano judicial se tramita CONCURSO VOLUNTARIO ABREVIADO de PESCADOS MADRIGAL, S.L., con CIF B-13540158, y domicilio en Tomelloso, en los que, por resolución de fecha veinte de junio de dos mil veinte se ha acordado:

1.- Declarar en situación de concurso a la entidad PESCADOS MADRIGAL, S.L., toda vez que ha sido acreditada su estado de insolvencia actual, con declaración judicial de la disolución de la citada entidad mercantil.

2.- Declarar la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa, quedando la deudora responsable de sus créditos, pudiendo los acreedores iniciar sus ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso. Y sin perjuicio de las acciones de responsabilidad contra su órgano de gobierno y representación, conforme a la Ley de Sociedades de Capital.

3.- Ordenar la extinción de la mercantil concursada con consiguiente cierre de la hoja de la inscripción de la persona jurídica en el Registro Mercantil.

Ciudad Real, 6 de julio de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, José Manuel Torres Braos.

Informes
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