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Concurso de acreedores Carpinteria Santiago DiAz Sl.

El 16-02-2009, Carpinteria Santiago DiAz Sl., en CARTES (Cantabria) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de SANTANDER. El número de insolvencia de esta empresa es B39544325. La actividad (principal) de Carpinteria Santiago DiAz Sl. es actividades de construcción especializada.
Se ha abierto la sección 6.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Carpinteria Santiago DiAz Sl.
Localidad:
CARTES
Provincia:
Cantabria
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B39544325
Número de insolvencia:
B39544325
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
LA LLANADA (SANTIAGO DE CARTES) 0
39311 CARTES
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
22-02-2012
A120007070
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto

Ana María Vega González, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Santander, hago saber,

1.- Que en el procedimiento concursal 000006/2009, por auto de fecha 10 de enero de 2012 se ha acordado la apertura de la fase de liquidación en el concurso del deudor, Carpintería Santiago Díaz, S.L., con CIF número B39544326, y con domicilio en barrio la llanada nave2-2, Santiago de Cartes, Cartes, Cantabria.

2.- Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

3.- De conformidad con el art.-145.3 LC se declara la disolución de carpinteria santiago díaz s.l., así como el cese de sus administradores, que seran sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en que sea parte.

4.- Los efectos sobre los créditos concursales son los previstos en el art. 146 LC, produciéndose desde ese momento su vencimiento anticipado y la conversión en dinero de los que constan en otras prestaciones.

5.- En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el art. 148 de la LC.

6.- Fórmese la sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso y de la documentación presentada por el deudor. Hágase saber a los acreedores o a culesquiera titulares de un interés legítimo que, dentro de los 10 días siguientes a la última publicación de esta resolución, de conformidad con lo establecido anteriormente podrá personarse alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Santander, 27 de enero de 2012.- El /la Secretario.

20-03-2009
11257
 
  • Auto de declaración de concurso
 

 Edicto

El Juzgado de lo Mercantil y de 1.ª Instancia n.º 10 de Santander, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),

 Anuncia:

1º.- Que en el procedimiento 6/09, por auto de fecha 16/02/09 se ha declarado en concurso al deudor CARPINTERÍA SANTIAGO DÍAZ, S.L. con C.I.F. número B-39544325, y con domicilio en SANTIAGO DE CARTES, CARTES, B.º LA LLANADA NAVE 2-2.

2º.- Que el deudor conserva las facultades de la administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de 15 días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en uno de los periódicos de mayor circulación de la provincia.

4º.- Que los acreedores e interesados que desen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).  

Santander, 20 de febrero de 2009.- El/la Secretario Judicial.

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