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Concurso de acreedores Metecor Sl

El 12-07-2011, Metecor Sl, en PALOL DE REVARDIT (Gerona) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de GIRONA. El número de insolvencia de esta empresa es B17426149. La actividad (principal) de Metecor Sl es fabricación de maquinaria y equipo n.c.o.p..
Se ha abierto la sección 5.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Metecor Sl
Localidad:
PALOL DE REVARDIT
Provincia:
Gerona
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B17426149
Número de insolvencia:
B17426149
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
PG :
JARDI 0
17843 PALOL DE REVARDIT
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
18-06-2014
A140031614
 

Edicto

Don José Antonio Marquinez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona,

Hago saber:

Que en el concurso voluntario abreviado n.º 382/2011, se ha acordado mediante auto de esta fecha el archivo por inexistencia de bienes y derechos del concurso voluntario de la mercantil Metecor, S.L., con CIF: B-17426149, con domicilio en el polígono industrial Jardi, s/n, de Palol de Revardit (Girona).

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el art. 177.3 de la L.C. en relación con el segundo párrafo del art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente en

Girona, 23 de mayo de 2014.- El Secretario Judicial.

12-05-2012
A120027846
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
  • Apertura de la sección quinta
 

Edicto

Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona,

Hago saber: Que en el Concurso Voluntario n.º 382/2011, se ha acordado mediante Auto de esta fecha la apertura de la liquidación de conformidad con lo prevenido en el art. 142 de la Ley Concursal el fallo del cual es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva

Acuerdo: La apertura de la fase de liquidación de la entidad mercantil Metecor, S.L., con CIF- B-17426149, formándose la sección quinta, la cual se encabezará con testimonio de esta resolución.

Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición de la entidad concursada sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Titulo III de la Ley Concursal. Asimismo, se declara la disolución y el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la Administración Concursal para proceder de conformidad con lo establecido en esta Ley.

Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado.

Inscríbase, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil de Girona y al Registro de la Propiedad de Banyoles, haciéndoles saber de la apertura de la fase de liquidación.

Los respectivos oficios y mandamientos serán entregados a la procuradora Sra. Esther Sirvent, para que cuide de su curso y diligenciamiento, con el apercibimiento de la sanción, legalmente prevista en el art. 552 de la LOPJ.

En el plazo de 15 días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.

Fórmese la Sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración de concurso.

Se concede el plazo de 10 días, de conformidad con el artículo 168 de la LEC, en relación con el artículo 191 de la misma, a fin de que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse en la presente sección alegando por escrito lo que considere relevante para la calificación del concurso.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 197.2 de la Ley Concursal y 451, 452 de la LEC).

Así lo manda y firma el Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 con funciones de Mercantil de Girona; de lo que doy fe.

El Magistrado Juez. El Secretario Judicial

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 144, en relación con los arts. 23 y 24 de la Ley Concursal, expido el presente en

Girona, 23 de marzo de 2012.- El Secretario Judicial.

04-08-2011
60678
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto.

El Juzgado Mercantil 1 de Girona, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 382/2011, por auto de fecha 12 de julio de 2011, se ha declarado en concurso voluntario abreviado, la deudora Metecor, S.L., con CIF n.º B-17426149 y domicilio en Polígono Industrial Jardi, s/n, de Palol de Rvardit (Girona), y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Palol de Revardit.

2.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de quince dias a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

3.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

4.º Que la/el concursada/o Metecor, S.L., conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del/de los administador/es concursal/es, mediante su autorización o conformidad.

5.º Que se ha designado como Administrador Concursal al Economista Sr. Josep Pujolras Nonell.

Girona, 12 de julio de 2011.- El Secretario Judicial.

Informes
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