Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 LC,
Anuncia: Que por auto de 06/06/16 se ha decretado la conclusión del concurso voluntario n.º 933/14 - negociado 7 del deudor Sociedad Cooperativa Andaluza Frutera Exportadora de Sevilla, con CIF F-41.007.501 y domicilio en Carretera El Viso, s/n, Los Rosales, Tocina (Sevilla), su inscripción en el Registro de Cooperativas correspondiente y demás públicos que corresponda y se aprueba la rendición de cuentas, se declara la extinción de la sociedad.
Sevilla, 14 de junio de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 933/2014, con NIG: 4109142M20140002293, por auto de 29/04/14, se ha declarado en concurso al deudor SOCIEDAD COOPERATIVA ANDALUZA FRUTERA EXPORTADORA DE SEVILLA, con CIF: F-41.007.501, y domicilio en Carretera El Viso, s/n, Los Rosales, Tocina (Sevilla).
2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal, directamente ante la administración concursal, al letrado don Joaquín Miguel Aguilar Cazorla, con DNI: 28879576-V, con despacho profesional en calle Monsalves, nº 15, 41001 Sevilla, Correo electrónico: accofrutex@gmail.com, Tfno 954 22 48 09, Fax 954 56 01 48, bien por escrito presentado o dirigido al domicilio señalado, bien por comunicación electrónica al correo señalado anteriormente. En ningún caso tendrá valor las comunicaciones de créditos dirigidas a este Juzgado.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Sevilla, 7 de mayo de 2014.- La Secretaria Judicial.