Edicto
Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia,
Por el presente hago saber:
Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Abreviado 1027/2011 Voluntario, de la deudora concursada Construcciones Bornu 96 S.L., con CIF Nº B97344030, con domicilio en la Urbanización "Las Tablas " Calle 8 de Marzo nº 7, L' Eliana en cuyo seno se ha dictado auto de fecha veintidós de febrero de dos mil diecinueve por el Ilmo. Sr. Magistrado -Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del Concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor, caso de ser persona natural, queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso ( art. 178 de la LC ).
Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados.
Valencia, 22 de febrero de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Jorge Víctor Iglesias de Baya.
Edicto
D./Dña. Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber:
Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso abreviado voluntario n.º 001027/2011, habiéndose dictado en fecha veintiuno de septiembre de dos mil once por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Construcciones Bornu 96, S.L. con domicilio en Urbanización "Las Tablas" Calle 8 de Marzo, n.º 7, L´eliana y CIF n.º B97344030, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia, al tomo 7.524, libro 4.825, folio 30, sección 8.ª, hoja V-90.771, inscripción 1ª.
Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada.
Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal.
Asimismo, se hace saber, que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador.
Valencia, 21 de septiembre de 2011.- El Secretario Judicial.