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Concurso de acreedores Zafan Recubrimientos Industriales S.L.

El 18-11-2019, Zafan Recubrimientos Industriales S.L., en LA PUEBLA DE HIJAR (Teruel) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de TERUEL. El número de insolvencia de esta empresa es B44215648. La actividad (principal) de Zafan Recubrimientos Industriales S.L. es otras industrias manufactureras.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Zafan Recubrimientos Industriales S.L.
Localidad:
LA PUEBLA DE HIJAR
Provincia:
Teruel
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B44215648
Número de insolvencia:
B44215648
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
MEDIODIA 1
44510 LA PUEBLA DE HIJAR
Mostrar en tarjeta
-
PG :
INDUSTRIAL VENTA DEL BARRO, PAR C 7 0
44510 LA PUEBLA DE HIJAR
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
29-11-2019
A190067809
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Doña Jara Naya Alfranca, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado número 1 Instancia e Instrucción número 1 de Teruel, por el presente,

Hago Saber:

1.º - En Procedimiento Concursal seguido en este Órgano judicial con número 478/2019, Nig 4421641120190001492 se ha dictado, en fecha 18 de noviembre de 2019, Auto de declaración de concurso, que tiene carácter de Voluntario, de la mercantil Zafan Recubrimientos Industriales Sociedad Limitada con Cif B44215648 y con domicilio en el Polígono Industrial Venta del Barro, parcela C7 de la Puebla de Híjar (Teruel), representada por la Procuradora de los Tribunales Señora María del Mar Bruna Lavilla. El presente concurso se tramitará tomando en consideración lo prevenido para el procedimiento Abreviado.

2.º - En dicho Auto se ha acordado la conservación de las facultades de Administración y disposición de la concursada, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de la Administración concursal, mediante su autorización o conformidad.

Se ha nombrado Administrador del concurso, con las facultades expresadas en el precedente apartado 2.º, a don Antonio Ballester Sánchez.

3.º - Por el presente se llama a los Acreedores de la concursada para que comuniquen a la Administración concursal la existencia de sus créditos.

La comunicación se dirigirá a la Administración concursal y se formulará, bien por escrito, firmado por el acreedor, interesado, o representante acreditado, bien por medios electrónicos. Para ello (sin perjuicio del domicilio designado en sede judicial) se ha facilitado como dirección postal Calle Paseo de La Habana Número 9-11 28036 Madrid y como dirección electrónica antonio.ballester@tomarial.com

Teléfono: 661939979 - 963394753

La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda.

Si se invocare un privilegio especial, se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados.

Se acompañará copia, en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. Salvo que los títulos o documentos figuren inscritos en un registro público, la Administración concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito. ( artículo 85 Ley Concursal).

Los Acreedores deberán formular la comunicación en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración de concurso. (artículo 21.1. 5º Ley Concursal). No obstante, hasta la presentación de los textos definitivos se podrán presentar comunicaciones de nuevos créditos o de los que se justifique no haber tenido noticia antes (artículo 96 bis Ley Concursal)

4.º - Los Acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 184.3 Ley Concursal).

5.º - La dirección electrónica del registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es http://www.publicidadconcursal.es.

Teruel, 18 de noviembre de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Jara Naya Alfranca.

Informes
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