Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Almerichek Exportacion Sl

El 24-09-2020, Almerichek Exportacion Sl, en ROQUETAS DE MAR (Almería) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de ALMERÍA. El número de insolvencia de esta empresa es B04710182. La actividad (principal) de Almerichek Exportacion Sl es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Almerichek Exportacion Sl
Localidad:
ROQUETAS DE MAR
Provincia:
Almería
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B04710182
Número de insolvencia:
B04710182
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
PORTUGOS, 34 - PISO 1 12 0
04740 ROQUETAS DE MAR
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
29-07-2021
BOE-J-2021-66892
 
  • Cese de los Administradores
 
ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Almería

Dirección: Carretera DE RONDA 120

Localidad: Almería

Código Postal: 04006

Provincia: Almería

Teléfono: 950809067

Correo electrónico: AtPublico.JMercantil.1.Almeria.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 430/2020

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 28/07/2021

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores e interesados del concurso de acreedores nº 430/2020 referente al concursado Almerichek Exportación S.L.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Que el procedimiento concursal número 430/2020 referente al concursado al, ALMERICHEK EXPORTACION, S.L..CIF:B04710182 por Auto de fecha 28/07/21, se ha acordado lo siguiente:

1.- Se declara disuelta la sociedad declarada en concurso y en liquidación. Se acuerda la SUSPENSIÓN de las facultades de administración y disposición sobre la masa activa del deudor con todos los efectos establecidos para ella en el título III del Libro I de la presente Ley. Tales facultades serán sustituidas por el administrador concursal. Esta situación quedará sujeta, no obstante, a lo previsto en el citado artículo 106, 107 y siguientes, y 413 del TRLC. Quedan igualmente cesados los administradores y liquidadores. Líbrense los oportunos mandamientos al Registro Mercantil para la inscripción de la disolución y cambio de administración.

2.- Se abre la fase de liquidación que se encabezará con testimonio de esta resolución, formándose la sección quinta.

3.- Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijará en el tablón de la sede judicial electrónica y en el Registro Público Concursal. Inscribir la apertura de la fase de liquidación en los Registros en los que se hace constar la declaración de concurso y trámites sucesivos.

4.- Declarar vencidos anticipadamente los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

5.- En el plazo de QUINCE días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 416 del TRLC.

Almería, 29 de julio de 2021.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA DE LOS ANGELES BOSSINI RUIZ

14-10-2020
A200046897
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto

El Juzgado de Lo Mercantil de Almeria, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 de la Trlc, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 430/2020, con NIG 0401342120200006655 por auto de fecha 24/09/2020 se ha declarado en concurso al deudor Almerichek Exportación, S.L., con C.I.F.: B04710182, con domicilio social en Roquetas, C/ Portugos nº 3.

2º.- El Administrador conservará las facultades de administración y disposición sobre la masa activa, quedando sometido al ejercicio de estas a la intervención de los administradores concursales, mediante autorización.

3º- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 255 de la TRLC estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido D/Dª Carmen García Fernández, NIF: 27.533.399F, Abogada, con domicilio postal en Plaza Carlos Cano, Edf. Brisas VI, 2.ª planta, Almeria y dirección electrónica cgarcia@eurosur-consultores.com

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro Publico Concursal y en el Tablón electrónico de la Sede Judicial.

4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 512 Trlc).

Almeria, 5 de octubre de 2020.- La Letrada de la Administración de Jusiticia, M.ª Ángeles Bossini Ruiz.

Informes
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