Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artÃculo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 462/2016, con NIG 2906742M20160000549, por auto de 22 de septiembre de 2016 se ha declarado en concurso voluntario al deudor SALESUR ESTEPONA, S.L., con CIF B92340629, domicilio en Estepona (Málaga), Lope de Vega, 4, local 3, CP 29680, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.
2.º Que se ha acordado abrir la fase de liquidación a petición del deudor, declarándose disuelta la sociedad SALESUR ESTEPONA, S.L., y cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la Administración concursal.
3.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
4.º Que la ADMINISTRACIÓN CONCURSAL la integra D.ª CARMEN MILLÃN CERCEDA, con DNI 26.040.445-Y, lo hacen en su calidad de representante solidario de la entidad AUDITORES Y LETRADOS ANDALUCÃA, S.L.P., con CIF B-23690712, domicilio en Málaga y dirección postal Pasillo del Matadero, n.º 7, 4.º I, CP 29002, TFNO.: 953-080743, y con dirección de correo electrónico cmcerceda@gmail.com que designa a los efectos de comunicación de créditos.
5.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artÃculo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como dÃa final si fuera inhábil o no existiera dÃa equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el BoletÃn Oficial del Estado.
6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artÃculo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artÃculos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera.
7.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.
Málaga, 29 de septiembre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.