Doña Tomasa Hernández Martín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1, de Zaragoza, anuncia:
En el procedimiento concursal número 0000031/2014 A1 referente al concursado Aragón Radical de Innovación, S.L., con CIF B50967439, por auto de fecha 10 de mayo de 2021, frente al que no cabe recurso, se ha acordado:
1.- Conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa.
2.- Cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes.
3.- Aprobación de la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.
4.- Cierre de la hoja de inscripción en el Registro Mercantil.
Zaragoza, 10 de mayo de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Tomasa Hernández Martín.
D.ª Carmen Montaner Zueras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Zaragoza, hago saber:
1.- Que en el procedimiento concursal número 31/2014-A referente al concursado Aragón Radical Innovación, S.L., C.I.F. B50967439, se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 2 de diciembre de 2014, a las 9,30 horas, que tendrá lugar en la sala de audiencias n.º 38.
2.- Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.
Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.
3.- Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.
4.- Esta publicación es gratuita conforme a lo establecido en la disposición transitoria 2.ª del Real Decreto-ley 3/2009, de 27 de marzo.
Zaragoza, 18 de septiembre de 2014.- La Secretaria Judicial.
Doña Carmen Montaner Zueras, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Mercantil 1 de Zaragoza, hago saber:
1.- Que en el concurso 31/2014-A, referente al deudor Aragón Radical Innovación, S.L., CIF B50967439, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.
2.- Dentro del plazo de diez días computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el BOE y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.
3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC).
Zaragoza, 23 de mayo de 2014.- La Secretaria Judicial.
D.ª Carmen Montaner Zueras, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Mercantil 1 de Zaragoza, por el presente, hago saber:
1.- Se ha declarado concurso que se sigue con el n.º 31/14-A, y NIG 50297 47 1 2013 0000825.
2.- Carácter del concurso: Voluntario y ordinario.
3.- Fecha de declaración: 06/03/2014.
4.- Deudor en concurso: Aragón Radical Innovación, S.L., C.I.F B50967439, con domicilio social en Borja (Zaragoza), Polígono Industrial Barbablanca, s/n.
5.- Facultades de administración: Intervenidas.
6.- No ha solicitado la liquidación.
7.- Administración concursal: Asesoramiento Concursal Integral S.L.P., C.I.F. B99328254.
Dirección postal: P.º de la Mina, 3, 1.º dcha.
Dirección electrónica: a.c.arainsl@gmail.com.
Teléfono: 976301263.
8.- Plazo de comunicación de créditos: Un mes, directamente a la administración concursal en la dirección postal o electrónica que figuran en el punto anterior. No se admitirán comunicaciones de crédito en el Juzgado.
9.- Personación: por medio de Abogado y Procurador.
Zaragoza, 11 de marzo de 2014.- La Secretaria Judicial.
PARTE DISPOSITIVA Acuerdo: 1.- Declarar en concurso a Aragón Radical Innovación S.L., NIF B50967439, con domicilio social en Borja (Zaragoza), Polígono Industrial Barbablanca, s/n, inscrita en el Registro Mercantil de Zaragoza al tomo 2935, folio 212, hoja Z33543, toda vez que ha sido acreditado su estado de insolvencia actual. En el presente caso la declaración de concurso se tiene por presentada en la fecha de la comunicación del artículo 5.bis de la LC, efectuada por el deudor, siendo la misma la de 06/09/2013. 2.- Tener por personado en el presente concurso, en nombre y representador del concursado, a la Procuradora Sr. Viñuales Royo, con quien se entenderan las sucesivas diligencias y actuaciones. 3.- Considerar el concurso con el carácter de voluntario. 4.- Indicar que el deudor no ha solicitado la liquidación de su patrimonio. 5.- Determinar que las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio del deudor quedan intervenidas por la administración concursal que se designará al efecto, mediante su autorización o conformidad. 6.- La administración concursal, al amparo de lo previsto en los artículos 26 y 27 de la LC, con las facultades determinadas en el apartado anterior, estará integrada por: - A Asesoramiento Concursal Integral S.L.P. 7.- Comunicar el nombramiento a la administración designada haciéndole saber que en el plazo, de cinco días siguientes al recibo de la comunicación (artículo 29 de la LC) y deberá comparecer ante este órgano judicial y manifestar su aceptación o no del cargo, apercibiéndosela que se encuentra sometida al régimen de incapacidades, incompatibilidades y prohibiciones del articulo 28 de la LC. 8.- Hágase saber a la administración concursal que, de conformidad con el artículo 74 de la LC, el plazo para presentar el informe es de dos meses, contados a partir de la fecha en que se produzca la aceptación de dos de ellos. De conformidad con el articulo 95, la administración concursal, con una antelación mínima de diez días previos a la presentación del informe al Juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores sobre los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores. 9.- Llamar, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2l.5º, 84 y 85 de la LC, a todos los acreedores del concursado, para que en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación del correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado, comuniquen a la administración concursal la existencia de sus créditos~ por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quién acredite representación suficiente de ellos, y en el que se expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, y caso de invocarse un privilegio especial, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, datos registrales, acompañado de los originales de los documentos relativos al crédito, de la representación en su caso alegada y, una copia de todo ello. 10.- Realizar por la administración concursal, una vez acepte el cargo y sin demora alguna, una comunicación individualizada, en los términos previstos en el artículo 21.4 de la LC. La comunicación se efectuará por medios telemáticos, informáticos o electrónicos cuando conste la dirección electrónica del acreedor. La comunicación se dirigirá por medios electrónicos a la AEAT y a la TGSS a través de los medios que éstas habiliten en sus respectivas sedes electrónicas, conste o no su condición de acreedoras. Rutas de acceso: Rutas de acceso: A) aeat: https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede//Inicio/Inicio.shtml Procedimientos, Servicios y Trámites (Información y Registro) Otros Servicios-Comunicación Administración concursal. B) tgss: https://sede.seg-social.gob.es/Sede_1/index.htm Registro electrónico-Acceso al Registro-Otros procedimientos-comunicación de la Declaración de concurso por parte de la Administración Concursal a Tesorería General de la Seguridad Social. (Es necesario certificado digital o DNI electrónico) Igualmente se comunicará a la representación de los trabajadores, si la hubiere, haciéndoles saber de su derecho a personarse en el procedimiento como parte. 11.- Hacer pública la presente declaración de concurso por medio de Edictos que, uno, se publicará en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita y de conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la LC, en la forma y con los requisitos establecidos en el articulo 21 de la LC y, otro, con los mismos requisitos, en el tablón de anuncios de este órgano judicial. La remisión del edicto al boletín se realizará de forma telemática por este órgano. 12.- Expedir los despachos correspondientes, de conformidad con lo previsto en el artículo 24 de la LC, que serán entregados a la representación procesal del concursado, para su inmediata remisión y práctica de los asientos registrales previstos, en concreto, Registro Mercantil de Zaragoza, haciéndoles saber que hasta que no sea firme la presente resolución, la anotación se hará con carácter preventivo, sin perjuicio que se proceda a la inscripción definitiva, una vez que conste la firmeza. 13.- El concursado tiene bienes y derechos inscritos en registros públicos, en concreto, Registro de la Propiedad de Borja y Registro de Bienes Muebles de Zaragoza: BORJA: Tomo 1612, libro 332, finca 27620; tomo 1401, libro 282, finca 17780; Tomo 1640, folio 342, finca 28149; tomo 1684, libro 354, finca 28688.- Marca. Modelo. Matrícula.- Midlum 200 18/D 3436FBP; Renault 2272FVR; Renault 2256FVR; Renault 5099FRR; Renault 5113FRR; Renault 9250FWT; BMW 635 D COUPE 9800CGM; BMW 520 9786CGM.- 14.- Indicar que las personas legitimadas, conforme a la Ley Concursal, para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado, a salvo lo que dispone la Ley de Procedimiento Laboral para la representación y defensa de los trabajadores. 15.- Poner en conocimiento del concursado el deber de comparecer personalmente ante este órgano judicial y ante la administración concursal cuantas veces sea requerido y el de colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso. 16.- comunicar la declaración de concurso al Juez Decano de Zaragoza, para su traslado a los Juzgados de Primera Instancia y al Delegado del Decano en los Juzgados de lo Social de esta localidad. Asímismo, comuníquese dicha declaración a los demás Juzgados de lo Mercantil de esta localidad, así como al Juzgado de Tarazona. 17.- Entregar los mandamientos que se expidan en cumplimiento de lo ordenado en esta resolución a la representación procesal del concursado para que los diligencie de inmediato, y acredite a este órgano judicial haber presentado los despachos en el plazo de cinco días. 18.- Abrir la fase común de tramitación del concurso y formar las Secciones segunda, tercera y cuarta, ordenándose en cuantas piezas sean necesarias o convenientes; cada una de estas secciones, se encabezará por el testimonio de la solicitud y del Auto. 19.- El presente auto producirá sus efectos de inmediato y será ejecutivo aunque no sea firme la presente resolución. Notifíquese a TGSS, FOGASA, AEAT y GOBIERNO DE ARAGON.