Don Francisco Javier Crespo Martín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 4 (de lo Mercantil) de Ourense,
Anuncia: Que en el concurso voluntario abreviado número 0000252/2014 del deudor Invergalia Activos, S.L. (en liquidación), se ha dictado con fecha seis de julio de dos mil veinte auto de conclusión de concurso.
Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda.
Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.
Ourense, 6 de julio de 2020.- Letrado Administración de Justicia, Francisco Javier Crespo Martín.
Edicto
Doña Elba García Álvarez, Secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Ourense - de lo Mercantil, hace saber:
Que en este órgano judicial se tramita Sección V de liquidación n.º 252/14, siendo la concursada Invergalia Activos, S.L., con CIF n.º B-70088893, se ha dictado auto en fecha 06-05-2015, cuya parte dispositiva es del tenor siguiente:
"1. Aprobar el plan de liquidación presentado por la Administración concursal de la mercantil Invergalia Activos, S.L., al cual deberán de atenerse las operaciones de liquidación de la masa activa.
2. Recordar a la administración concursal la presentación de los informes del artículo 152 de la LC.
3. Formar la Sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso.
4. Hacer constar que dentro de los diez días siguientes a la notificación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable."
Ourense, 6 de mayo de 2015.- La Secretaria judicial.
Doña ELBA GARCÍA ÁLVAREZ, Secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Ourense-De lo Mercantil,
Anuncia: Que en el Sección I, Declaración Concurso 0000252 /2014, referente al concursado INVERGALIA ACTIVOS, S.L., por auto de fecha 01-07-2014, se ha acordado lo siguiente:
1.- Abrir la fase de liquidación del concurso de oficio.
2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3.- Se ha declarado disuelta la concursada INVERGALIA ACTIVOS, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y fijado en el tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Ourense, 1 de julio de 2014.- La Secretaria judicial.
Doña Elba García Álvarez, Secretaria Judicial de Xdo. Primera Instancia número 4 de Ourense de lo Mercantil, por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I declaración concurso 0000252/2014 y NIG n.º se ha dictado en fecha 19-03-2014, Auto de declaración de concurso voluntario abreviado, del deudor INVERGALIA ACTIVOS, S.L., con CIF-B70088893, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Ourense, Lugar de Sandin. Verea Km 32.800, en el municipio de Celanova, C.P. 32800.
2.º Se ha acordado la de las facultades de administración y disposición quedan intervenidas. Se ha designado, como administración concursal al Abogado José Luis López Blanco, con domicilio en Avda. de la Habana, n.º 18, 1.º A, 32003 Ourense, teléfono n.º 988-60-82-74, fax: 988-608-279, con y dirección electrónica "lopezblanco@lbabogados.es" para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
4.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal.
Ourense, 19 de marzo de 2014.- La Secretaria judicial.