El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Bilbao anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 403/2016 en el que figura como concursado/a CONSTRUCCIONES ASTARLOA, S.A. CIF A48295331, se ha dictado el día de hoy auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa.
La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las se contengan en la sentencia firme de calificación.
Asimismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora.
Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.
Bilbao, 22 de enero de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Jaime Mourenza Arriola.
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1.º Que en el procedimiento concursal número 403/2016, NIG n.º 48.04.2-16/014110, por auto de 23 de junio de 2016 se ha declarado en concurso voluntario al deudor CONSTRUCCIONES ASTARLOA, S.A., con CIF A48295331, con domicilio en la calle Geltoki Kalea n.º 11 4.º-48240 Berriz.
2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3.º Que la administración concursal está integrada por Audit Lex Administradores y en su representación D. Rodrigo Cabedo Gregori
Domicilio: Gran Vía 42 ppal. dcha. Bilbao
Profesión: economista
Teléfono: 944232927
Fax: 944239638
Dirección Electrónica: info@cabedo.com
4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el articulo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 LC)
6.º Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal:www.publicidadconcursal.es
Bilbao, 24 de junio de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.