Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Infraestructuras Y Construcciones Gicsa Sl.

El 30-07-2012, Infraestructuras Y Construcciones Gicsa Sl., en SANTA URSULA (Tenerife) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de SANTA CRUZ DE TENERIFE. El número de insolvencia de esta empresa es B76514496. La actividad (principal) de Infraestructuras Y Construcciones Gicsa Sl. es construcción de edificios.
Se ha declarado el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Infraestructuras Y Construcciones Gicsa Sl.
Localidad:
SANTA URSULA
Provincia:
Tenerife
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B76514496
Número de insolvencia:
B76514496
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
ISIDORO LUZ 0
38390 SANTA URSULA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
26-04-2014
A140018838
 
  • Aprobación del plan de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto

Cédula de notificación

D. CRISTO JONAY PÉREZ RIVEROL, Secretario del Juzgado Mercantil número uno de los de Santa Cruz de Tenerife,

Hago saber: Que en el procedimiento Concursal necesario n.º 69/2011, de la entidad INFRAESTRUCTURAS Y CONSTRUCCIONES GICSA, S.L., B76514496, se ha dictado Auto de fecha 9 de abril de 2014 por doña ANA FERNÁNDEZ ARRANZ, Magistrada-Juez, cuyos puntos principales de su parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Haber lugar a la aprobación del plan de liquidación presentado por la Administración Concursal en sus propios términos. En todo lo no previsto se estará a las normas supletorias del artículo 149 y siguientes de la Ley Concursal, se alzan las cargas anteriores a la declaración de concurso que graven los bienes de la concursada, y las posteriores. Dese a esta resolución la publicidad del artículo 23 LC. Con testimonio de la presente ábrase la sección 6.ª de calificación, emplácese a los interesados para que puedan personarse en plazo de 10 días desde la última publicación de la presente. Contra la presente resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá dentro del plazo de veinte días desde su notificación. Así lo acuerdo, mando y firmo. Doy fe."

Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita en el Boletín Oficial del estado (de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009 del 27 de marzo), extiendo y firmo la presente,

Santa Cruz de Tenerife, 9 de abril de 2014.- El Secretario Judicial.

30-01-2014
A140002909
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Plan de liquidación
  • Apertura de la sección quinta
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Edicto

Cédula de notificación

D. Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario del Juzgado Mercantil número 1 de los de Santa Cruz de Tenerife,

Hago saber: Que en el procedimiento concursal necesario n.º 69/2011, de la entidad INFRAESTRUCTURAS Y CONSTRUCCIONES GICSA, S.L., B76514496 se ha dictado Auto de fecha 21 de marzo de 2013 por doña Ana Fernández Arranz, Magistrada-Juez, cuyos principales de su parte dispositiva, es del tenor literal siguiente:

"Acuerdo:

Se acuerda la apertura de la fase de liquidación, sección quinta.

De la presente resolución dese la publicidad que establecen los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal.

Se declara la disolución de la entidad deudora y el cese de los Administradores, que serán sustituidos por los Administradores concursales para proceder de conformidad con lo establecido en este Ley Concursal.

Se declara asimismo el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados, si los hubiera, y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Se requiere a la Administración concursal para que en el plazo de quince días presente el plan de liquidación de los bienes que integran la masa activa.

Notifíquese la presente resolución al concursado, a la Administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Modo de impugnación: Notifíquese la presente resolución haciendo saber que contra la misma cabe recurso de apelación que se interpondrá en el plazo de veinte días, previo depósito de 50 euros."

Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita en el Boletín Oficial del Estado (de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009, del 27 de marzo), extiendo y firmo la presente.

Santa Cruz de Tenerife, 21 de marzo de 2013.- El Secretario.

30-07-2012
n/a
 
  • Auto de declaración de concurso
 
SE DECLARA EL CONCURSO ABREVIADO, que tiene carácter de NECESARIO, al deudor, INFRAESTRUCTURAS Y CONSTRUCCIONES GICSA SL, B76514496, y se declara abierta la fase común del concurso. Se suspende el ejercicio de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, siendo sustituido por el administrador concursal. Se nombra a S-S AUDITORES S.L., miembro de la administración concursal con las facultades expresadas en el pronunciamiento anterior. Comuníquese el nombramiento al interesado, a fin de que en el plazo de cinco días desde su recibo comparezcan ante el Juzgado y manifieste si acepta o no el encargo o si concurre alguna causa de recusación. Requiérase a la entidad deudora para que en el plazo de DIEZ DIAS a contar desde la notificación del auto presente los documentos enumerados en el artículo 6. Llámese, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 21.5°, 85 de la Ley Concursal, a todos los acreedores de la Entidad-deudora, para que en el plazo de 1 mes, a contar desde la única de la publicación acordada en este Auto (B.O.E.) comuniquen a la Administración Concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quién acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El domicilio y la dirección electrónica serán únicos y deberán ser puestos en conocimiento del juzgado por el administración concursal al tiempo de la aceptación del cargo. Una vez se haya producido la aceptación del cargo por la Administración Concursal, se publicará el edicto con extracto de esta resolución en el BOE, se librará Mandamiento al Registro Mercantil y los oficios a los Juzgados Decanos de cada Partido Judicial. Comuníquese igualmente al Fondo de Garantía Salarial. La administración concursal realizará sin demora una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores en la forma prevista en el artículo 21.4 LC. La personación de los acreedores tendrá lugar por escrito firmado por Letrado y Procurador presentado en el Decanato, conforme al artículo 184 LC. Publíquese extracto de la declaración del concurso en el Boletín Oficial del Estado.
Informes
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