Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Scdad Naranjera De Export N:1 Coop Agri San Jose

El 18-12-2017, Scdad Naranjera De Export N:1 Coop Agri San Jose, en NULES (Castellón) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de CASTELLÓN DE LA PLANA. El número de insolvencia de esta empresa es F12010443. La actividad (principal) de Scdad Naranjera De Export N:1 Coop Agri San Jose es actividades inmobiliarias.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Scdad Naranjera De Export N:1 Coop Agri San Jose
Localidad:
NULES
Provincia:
Castellón
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
F12010443
Número de insolvencia:
F12010443
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Alquiler y gestión de inmuebles
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
SENDA MITJANA, 27 - BJ 10 0
12520 NULES
Mostrar en tarjeta
-
CL :
SANTA CECILIA 0
12520 NULES
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
20-09-2021
BOE-J-2021-103184
 
ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Castellón de la Plana

Dirección: Bulevar BLASCO IBAÑEZ 10

Localidad: Castelló de la Plana

Código Postal: 12003

Provincia: Castellón/Castelló

Teléfono: 964621452

Correo electrónico: marin_estven@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 458/2017

NIG: 1204066120170000528

RESOLUCIÓN PROCESAL

Providencia

Fecha: 16/09/2021

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Interesados y acreedores de la mercantil SOCIEDAD NARANJERA DE EXPORTACIÓN NUM.1 de la Coop. Agírcola San José con CIF nº F12010443

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

1.- Dada cuenta; por presentado el escrito que antecede por el Administrador Concursal al objeto de aportar adenda a los textos definitivos a los que se refiere el art. 289 Y SS TRLC, únase a los autos de su razón y póngase de manifiesto a las partes y a los interesados en general, en la secretaría de este Juzgado. A esos efectos de publicidad a los interesados no personados, insértese el correspondiente Edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado.

2.- El texto definitivo de la lista de acreedores, además de en los demás supuestos previstos en esta Ley, podrá modificarse en los casos previstos en el artículo 308 TRLC. Conforme al artículo 311 TRLC, tal modificación sólo podrá solicitarse antes de que recaiga la resolución por la que se apruebe la propuesta de convenio o se presenten en el Juzgado el informe final de liquidación o la comunicación de insuficiencia de masa activa, mediante solicitud dirigida a la Administración concursal, con justificación de la modificación pretendida, así como de la concurrencia de las circunstancias previstas en dicho artículo.

Una vez transcurrido dicho plazo queden los autos sobre la mesa para resolver.

https://www.publicidadconcursal.es

Castelló de la Plana, 20 de septiembre de 2021.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA DE LAS MERCEDES CHECA MOYA

29-01-2018
A180005306
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

D. Jorge González Rodríguez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Concursal, hago saber:

Primero: Que por Auto de fecha 18/12/17, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado (CNA), n°458/2017. N.I.G. n° 12040-66-1-2017-0000528, seguido en este Juzgado, se ha declarado en Concurso Voluntario y Abreviado al deudor "Sociedad Naranjera de Exportación NUM.1 de la Cooperativa Agrícola San José COOP. V (SONEXUNO )", domiciliado en Calle Senda Mitjana 27, nave 10, Nules - Castellon y C.I.F/D.N.I. número F12010443.

Segundo: Que se ha acordado la apertura de la Fase de Liquidación, a tramitar conforme a los artículos 148 y siguientes de la LC, produciéndose con ello el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Tercero: Que se ha determinado el régimen de SUSPENSIÓN de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado.

Cuarto: Que se ha designado como Administrador/es Concursal/es a D. Celestino Aparicio Argiles, con domicilio en C/ General San Martin N° 1, 4º(46004) Valencia y dirección electrónica concursal@aparicioconsulting.es, a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 85 LC.

Quinto: Que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursal será de UN MES a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado.

Sexto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas.

Castellón, 19 de enero de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Informes
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