Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Promotora Yemenay S.L.

El 30-11-2015, Promotora Yemenay S.L., en VILAGARCIA (Pontevedra) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de PONTEVEDRA. El número de insolvencia de esta empresa es B36330025. La actividad (principal) de Promotora Yemenay S.L. es construcción de edificios.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Promotora Yemenay S.L.
Localidad:
VILAGARCIA
Provincia:
Pontevedra
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B36330025
Número de insolvencia:
B36330025
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
ARALDE (LG ) 10
36600 VILAGARCIA
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
16-03-2016
A160010765
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

D. José Tronchoni Albert, Secretario Judicial del Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de Pontevedra, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 280/2015 y NIG 36038 47 1 2015 0000470 se ha dictado en fecha 30 de noviembre de 2015 Auto de Declaración de Concurso necesario del deudor Promotora Yemenay, S.L., con CIF nº B-36330025, inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra y domicilio social en C/ Caleiro Aralde, nº 10, en Vilagarcía de Arousa.

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado como administración concursal a la Abogada Heriberta Docampo Brea, con D.N.I. nº 35434091 S y domicilio en la calle Benito Corbal, nº 13-1º D, Pontevedra. C.P. 36001, teléfono 986861511, y dirección electrónica a efectos del concurso: ac.promotorayemenay@gmail.com, con domicilio postal y dirección electrónica señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

En Pontevedra, 7 de marzo de 2016.- El Secretario Judicial.

Informes
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