Doña María de las Nieves García Pérez, Secretaria judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Santander,
Hago saber: Que en el concurso ordinario 146/2012, "Ángel L. Borbolla, S.L.", por auto de fecha 2 de abril de 2013 se ha acordado lo siguiente:
1.-Se abre la fase de liquidación del concursado "Ángel L. Borbolla, S.L.", en el concurso número 146/2012, con los efectos previstos en el artículo 142 y siguientes de la LC.
2.-Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos legalmente establecidos.
3.-De conformidad con el artículo 145.3 LC se declara la disolución de la concursada "Ángel L. Borbolla, S.L.", acordándose el cese de sus administradores, que serán sustituidos por la Administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.
4.-Los efectos sobre los créditos concursales son los previstos en el artículo 146 LC, produciéndose desde este momento su vencimiento anticipado y la conversión en dinero de los que consta en otras prestaciones.
Santander, 4 de abril de 2013.- La Secretaria.
María de las Nieves García Pérez, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 1, hago saber:
1. Que en el procedimiento concursal número 146/2012, referente al deudor "Angel L. Borbolla, Sociedad Limitada", se ha presentado el informe de la Administración Concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.
2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones acordadas en el BOE y en el tablón de anuncios del Juzgado, los que se consideren perjudicados, podrán impugnar tanto el inventario de bienes y derechos de la lista de acreedores en aquello que estimen les es perjudicial. Las partes personadas lo podrán impugnar en el plazo de diez días desde la notificación de esta resolución.
3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.
Santander, 25 de septiembre de 2012.- La Secretaria.
María de las Nieves García Pérez, Secretaria judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Santander, hago saber:
1.- Que en el procedimiento concursal 146/2012, por auto de fecha 3.5.2012, se ha declarado en concurso al deudor "Ángel L. Borbolla, Sociedad Limitada", con CIF número B-39344759 y con domicilio en Suances (Cantabria), calle Laredo, 8.
2.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal.
3.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y a efectos informativos en la página web del TSJ.
4.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184,3 LC).
5.- Que ha sido nombrado Administrador concursal don Fernando Lainz Fernández, con DNI número 13730626-V, con domicilio en calle Valliciergo, 8, entresuelo, de Santander (Cantabria). Teléfono: 942310962, fax: 942214607, correo electrónico acangelborbolla@concursalapp.com
Santander, 23 de mayo de 2012.- La Secretaria.