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Concurso de acreedores terminado Druckguss Iberica Sociedad Limitada

El 20-12-2007, Druckguss Iberica Sociedad Limitada, en IGORRE (Vizcaya) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de BILBAO. El número de insolvencia de esta empresa es B48463723. La actividad (principal) de Druckguss Iberica Sociedad Limitada es metalurgia; fabricación de productos de hierro, acero y ferroaleaciones.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Druckguss Iberica Sociedad Limitada
Localidad:
IGORRE
Provincia:
Vizcaya
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B48463723
Número de insolvencia:
B48463723
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
IGORREKO INDUSTRIALDEA 0
48140 IGORRE
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
22-05-2019
A190028609
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao,

Anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 492/2007 en el que figura como concursado/a Druckguss Ibérica, S.L., CIF B48463723, se ha dictado el día de hoy auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por haber finalizado la fase de liquidación.

La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

Asimismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora.

Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.

Bilbao, 16 de abril de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Jaime Mourenza.

12-02-2014
A140005475
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
  • Apertura de la sección quinta
 

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia) anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 492/07 referente al concursado DRUCKGUSS IBERICA, S.L., con NIF B48463723, por Sentencia de fecha 16 de diciembre de 2013 dictada en el incidente concursal del artículo 140 número 892/13 se ha acordado lo siguiente:

Fallo

1.- Estimar íntegramente la impugnación de la Administración Concursal de la entidad REFINERÍA DE ALUMINIO IGORRE, S.L., representada por la Procuradora de los Tribunales doña Beatriz Amann Quincoces; frente a la entidad DRUCKGUSS IBERICA, S.L., representada por el Procurador de los Tribunales don Alfonso Legorburu y Ortiz de Urbina.

2.- Se declara el incumplimiento del convenio de acreedores aprobado entre la entidad DRUCKGUSS IBERICA, S.L., y sus acreedores, con rescisión del mismo, y desaparición respecto a los créditos de todos los efectos previstos en el artículo 136 LECO.

3.- Se declara finalizada la fase de convenio y se abre la fase de liquidación, convirtiéndose en ese sentido la sección quinta.

4.- Se suspenden las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

5.- Se acuerda reponer a la administración concursal, que se cesó en la sentencia de aprobación del convenio, lo que se comunicará a sus integrantes, quienes en el plazo de quince días presentarán un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa de la concursada, conforme a lo dispuesto en el artículo 148.

6.- Se declara disuelta la entidad concursada, cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.

7.- Se declaran vencidos anticipadamente los créditos concursales aplazados y se acuerda la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

8.- Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado, y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado. La publicación en el boletín Oficial del Estado tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado y de la masa activa.

9.- Inscríbase, así mismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación y disolución de la persona jurídica, librándose los oportunos mandamientos.

10.- Apertúrese, de nuevo, la sección sexta de calificación del concurso en relación al incumplimiento del convenio, en la que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

11.- Notifíquese esta resolución a la concursada, a las demás partes personadas y a los cesados integrantes de la administración concursal.

12.- Se imponen las costas a la parte demandada.

Bilbao (Bizkaia), 17 de diciembre de 2013.- El Secretario Judicial.

16-12-2010
90212
 
  • Aprobación del convenio
  • Apertura de la sección seis
 

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), anuncia:

1.º Que en el procedimiento concursal número 492/07, en el que figura como concursado Druckguss Ibérica, Sociedad Limitada, se ha dictado el 11 de octubre de 2010 sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por Druckguss Ibérica, Sociedad Limitada, y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el día 24 de septiembre de 2010.

2.º La sentencia se fundamenta en que la propuesta ha sido aceptada por mayoría suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal y en no apreciarse infracción de las normas que regulan los convenios y la adhesión en la Ley Concursal.

El convenio está de manifiesto en la Secretaria del Juzgado para quienes acrediten interés en su conocimiento.

3.º Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia que debe prepararse mediante escrito presentado en este Juzgado de lo Mercantil en el plazo de cinco días computándose desde la última publicación de este edicto, que ha de publicarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.

Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Bilbao (Bizkaia), 25 de noviembre de 2010.- El Secretario Judicial.

05-08-2010
60329
 
  • Rectificatie
  • Presentación de la propuesta de convenio
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), 26 de julio de 2010, anuncia:

1.-Que en el procedimiento concursal número 492/07 referente al concursado "Druckguss Ibérica, Sociedad Limitada" se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 24 de septiembre de 2010 a las diez horas en la Sala de Vistas de este Juzgado.

2.- Se someterá a la deliberación y, en su caso, aprobación de la Junta la propuesta de convenio presentada por "Druckguss Ibérica, Sociedad Limitada".

Dicha propuesta, junto con el escrito de evaluación de la administración concursal pueden ser examinada por los interesados en la Secretaría del Jugado.

Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la Ley Concursal.

3.- Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la Ley Concursal.

4.- Se deja sin efecto el edicto publicado en el "Boletín Oficial del Estado" con fecha 21 de julio de 2010 en el que, por error, se anunciaba la apertura de la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.

Bilbao (Bizkaia), 26 de julio de 2010.- El/La Secretario Judicial.

21-07-2010
56529
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 492/07 referente al concursado Druckguss Ibérica, Sociedad Limitada, con Número Identificación Fiscal B-48463723, por auto de fecha 15 de junio de 2010 se ha acordado lo siguiente:

1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.

2. La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

3. La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.

Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Jugado y en el Boletín Oficial del Estado cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Bilbao (Bizkaia), 15 de junio de 2010.- El/la Secretario Judicial.

20-12-2007
n/a
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 
Se declara en concurso voluntario.
Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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