Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de A Coruña
Edicto
En este órgano judicial se tramita Sección I, Declaración Concurso 0000/454/2014, seguido a instancias del procurador Sr. del Río Enríquez, en representación de Industrias Madalum, S.L.U., sobre Concurso Abreviado Voluntario en los que se ha dictado resolución de fecha 29/01/15, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Parte Dispositiva
Acuerdo:
Estimar la petición formulada por el procurador D. Jaime del Río Enríquez de subsanación y rectificación del CIF B-15447725 que figura en el Edicto de fecha 18-12-14, publicado en el BOE de fecha 21-1-15, en el sentido que se indica, siendo el CIF B-15015704 el que corresponde a la entidad Industrias Madalum S.L.U.
Líbrese certificación de esta resolución, que quedará unida a estas actuaciones, y llévese su original al libro de resoluciones definitivas.
Modo de Impugnación: Contra esta resolución no cabrá recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la solicitud de aclaración.
Así lo manda y acuerda S.S.ª, doy fe.
El Magistrado-Juez. El secretario Judicial
Y para su publicación en el BOE, expido el presente.
A Coruña, 5 de mayo de 2015.- El Secretario.
Edicto
Don Fernando Santiso Vázquez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de A Coruña, por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial de Declaración Concurso Voluntario 454/2014-B y NIG n.º 1503047120140000919 se ha dictado en fecha 27 de noviembre de 2014 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor Industrias Madalum, S.L.U., con CIF B-15447725, cuyo centro de intereses principales lo tiene en A Coruña.
2.º Se ha declarado que la deudora declarada en concurso conservará las facultades de administración y disposición de su patrimonio quedando sometida el ejercicio de esas facultades a la intervención de la administración concursal, mediante su autorización o conformidad. Se ha designado como administración concursal al titulado mercantil don Jesús Antonio Vázquez Pérez, con domicilio postal en Avda. República de Uruguay, n.º 30, Oleiros, y dirección electrónica esusvazquez@cotmecoruna.org señaladas para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
A Coruña, 18 de diciembre de 2014.- El Secretario Judicial.