Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Promocions Llull Cardedeu Sl

El 08-07-2016, Promocions Llull Cardedeu Sl, en CARDEDEU (Barcelona) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de BARCELONA. El número de insolvencia de esta empresa es B60591286. La actividad (principal) de Promocions Llull Cardedeu Sl es actividades inmobiliarias.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Promocions Llull Cardedeu Sl
Localidad:
CARDEDEU
Provincia:
Barcelona
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B60591286
Número de insolvencia:
B60591286
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Alquiler y gestión de inmuebles
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
JOAN DE LA CIERVA 3
08420 CANOVELLES
Mostrar en tarjeta
-
CR :
DOSRIUS, 191 - LOC B 0
08440 CARDEDEU
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
12-09-2016
A160061287
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

El Letrado de la Adm. de Justicia, D. José Vela Pérez, del Juzgado Mercantil nº 6 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 555/2016 se ha declarado, mediante auto de fecha 8/07/2016, el concurso voluntario de Promocions Llull-Cardedeu, S.L. con nº de CIF B-60591286, domicilio en Cardedeu, carretera de Dosrius, nº 191, local B, en el que se ha decretado el mantenimiento de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado D. Jordi Romero Climent (BMR Advocats i Economistes, S.L.P.) por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del administrador concursal, sito en Barcelona, calle París, nº 161, entlo. 2ª, número de teléfono 93.410.73.77, o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal promocionsllull@bmrconcursal.com en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el B.O.E. del presente edicto.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles.

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.

Barcelona, 8 de julio de 2016.- El letrado de la Adm. de Justicia.

Informes
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