Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Suinca Sa

El 22-06-2015, Suinca Sa, en CABRERA DE MAR (Barcelona) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de BARCELONA. El número de insolvencia de esta empresa es A58946054. La actividad (principal) de Suinca Sa es fabricación de maquinaria y equipo n.c.o.p..
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Suinca Sa
Localidad:
CABRERA DE MAR
Provincia:
Barcelona
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
A58946054
Número de insolvencia:
A58946054
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
CAMI DEL MIG (NAVE 7) 62
08349 CABRERA DE MAR
Mostrar en tarjeta
-
CL :
FONT I ESCOLA 37
08912 BADALONA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
09-12-2015
A150050247
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Letrado de la Adm. de Justicia D. José Vela Pérez, del Juzgado Mercantil n.° 6 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 452/2015-F se ha declarado, mediante auto de fecha 22 de junio de 2015, el concurso voluntario de Suinca, S.A., con N.I.F. A58946054, y domicilio en Camí del Mig, 62-64, nave 7, en Cabrera de Mar (Barcelona), en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado D. Luis Velasco Massip por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del administrador concursal, sito en C/ Mallorca, n.º 299, ppal 1.º, de Barcelona, o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal velasco@estudiocontinental.com en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el B.O.E. del presente edicto.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles.

Se deja sin efecto el anuncio de la declaración de concurso de la mercantil Suinca, S.A., publicado en el BOE de fecha 19 de octubre de 2015, al figurar errores en el mismo que quedan subsanados con el presente edicto.

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.

barcelona, 3 de noviembre de 2015.- El Letrado de la ADM. de Justicia.

Informes
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