Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Nozar Sa

El 21-11-2008, Nozar Sa, en MADRID (Madrid) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de MADRID. El número de insolvencia de esta empresa es A28707032. La actividad (principal) de Nozar Sa es construcción de edificios.
El concurso ha concluido.
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Fecha
Título
Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Nozar Sa
Localidad:
MADRID
Provincia:
Madrid
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
A28707032
Número de insolvencia:
A28707032
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
TITAN 0
28045 MADRID
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
06-05-2021
A210027723
 
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de convenio
  • Conclusión del concurso
 

El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Madrid, por el presente,

Hace saber:

1.- Que en los autos Concurso Necesario (Ordinario) que se sigue en este Juzgado con el n.º 837/2009 respecto a la mercantil NOZAR, S.A., por auto de fecha 15 de abril de 2021, se ha declarado la finalización de la fase común del presente procedimiento concursal, abriéndose la fase de convenio.

2.- Se acuerda la tramitación escrita del convenio, que se sustanciará conforme a lo previsto en los artículos 375, 379.2 y 389 del TRLC.

3.- En el plazo máximo de dos meses contando desde la fecha de dicho auto, podrán presentarse adhesiones o votos en contra a la/s propuesta/s de convenio, que deberán emitirse en la forma prevista en los artículos 351 y siguientes del TRLC.

4.- Sólo se podrán presentar propuestas de convenio hasta un mes antes del vencimiento del plazo indicado en el apartado anterior. Las adhesiones y las oposiciones a la propuesta de convenio deberán realizarse en el juzgado desde que quede de manifiesto el escrito de evaluación en la oficina judicial y hasta la conclusión del plazo previsto en el apartado anterior

Madrid, 23 de abril de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Adela Moreno Blanco.

23-07-2018
A180048053
 

D. Enrique Calvo Vergara, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Madrid, por el presente,

Hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Ordinario (Necesario) 837/2009 seguido respecto a la entidad NOZAR, S.A., en cuyo procedimiento se ha dictado por el Magistrado Juez D. Andrés Sánchez Magro Auto de fecha 19/6/2018, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

PARTE DISPOSITIVA

Autorizo la transmisión por parte de Nozar, S.A. a Boetticher y Navarro, SLU, de la cuota indivisa del 91,5818 por 100 de la finca registral número 80.293 del Registro de la Propiedad número 3 de Madrid, que se corresponde con Parcela resultante R-R-A-4, Parcela de Terreno en Madrid, en el ámbito de la Unidad de Ejecución del A.P.R. 021.06 "Méndez Álvaro Norte I", por precio de 7.675.815,65 euros, mediante dación en pago de lo créditos hipotecarios con privilegio especial sobre dicha cuota indivisa, por un principal de 12.000.000 de euros, con expresa condonación del resto de crédito por principal, intereses y cualquier otro concepto, y renuncia al cobro de principal e intereses derivado del pago efectuado a la Junta de Compensación, siendo de cargo de la adquirente todos los gastos de la transmisión, incluido en su caso el otorgamiento de escritura pública, los costes de urbanización, el IBI y demás tributos, asumiendo el riesgo de disolución del proindiviso.

Publíquese la parte dispositiva de esta resolución mediante edictos que se insertarán en el Boletín Oficial del Estado y en el Portal de la Administración de Justicia, en el modo establecido en el art. 645 LEC, así como en el tablón de anuncios del Juzgado, haciendo saber que dentro de los diez días siguientes al último de los anuncios podrán presentarse mejores posturas, en cuyo caso se abriría licitación entre todos los oferentes y se acordará la fianza que hayan de prestar.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de Reposición en el plazo de cinco días, ante este Juzgado, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (artículos 451 y siguientes de la L.E.Civil), previa la constitución de un depósito de 25 euros, en la cuenta 2257-0000-00-0837-09 de esta oficina Judicial de la cuenta general de Depósitos y Consignaciones abierta en Banco de Santander.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Madrid, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos 2257-0000-00-0837-09

No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (L.O. 1/2009 Disposición Adicional 15).

Lo acuerda y firma S.Sª Doy fe.

El Magistrado-Juez el Letrado de la Administración de Justicia

Madrid, 27 de junio de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

08-01-2011
93071
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Madrid, anuncia:

Primero.-Que en el procedimiento concursal número 837/09 referente al deudor "Nozar, S.A.", se ha presentado el informe de la administración concursal al que se refiere el capítulo I del título IV de la Ley Concursal junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría de este Juzgado así como obtener copias a su costa.

Segundo.-Dentro del plazo de diez días computado desde la notificación de la resolución a las partes personadas y para el resto de los interesados desde la publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado", los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil, las cuales se sustanciarán por los trámites del incidente concursal, siendo necesario valerse de Abogado y Procurador.

Madrid, 20 de diciembre de 2010.- Secretario Judicial.

12-10-2010
74822
 
  • Auto de declaración de concurso
 

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid, anuncia:

Primero.- Que en el procedimiento número 837/2009 referente a la concursada Nozar, Sociedad Anónima, con Código de Identificación Fiscal A-28707032, por Auto de fecha 17 de septiembre de 2010 se ha acordado lo siguiente:

- Mantener el régimen de intervención del concurso, sin sustituir a los administradores societarios.

- Declarar como fecha de declaración del concurso necesario la de 21 de noviembre de 2008.

- Requerir a la deudora concursada para que presente en el plazo de 10 días la documentación establecida en el artículo 6 de la Ley Concursal, tomando en consideración la nueva fecha de declaración de concurso de acreedores.

- Nombrar administradores concursales a don Luis Aurelio Martín Bernardo y a doña María Cristina Jiménez Savurido que, deberán emitir el correspondiente informe en el plazo inexcusable de 2 meses, conforme establece el artículo 74 de la Ley Concursal, desde la aceptación de su cargo por parte de uno de ellos. Se exhorta en este sentido dada la complejidad y premura necesaria de este concurso que dentro de sus potestades los administradores nombren auxiliares delegados para la llevanza y gestión del mismo.

- Ordenar la publicación en el Boletín Oficial del Estado del presente Auto y el llamamiento a los acreedores previsto en el artículo 21 de la Ley Concursal. Dicha publicación deberá efectuarse igualmente en un periódico de difusión nacional, haciéndose entrega del oportuno Edicto a la representación procesal de la concursada para que cuide de su diligenciado.

Llámense a los acreedores del concursado Nozar, Sociedad Anónima, para que comuniquen en la forma establecida en el artículo 85 a los administradores concursales la existencia de sus créditos. Deberán formular la comunicación en el plazo de un mes contado desde la última de las publicaciones de la presente resolución, que se efectuarán en el Boletín Oficial del Estado y en un periódico de difusión nacional.

Líbrense los oportunos despachos al Registro Mercantil y Registros de la Propiedad correspondientes a fin de anotar lo acordado en la parte dispositiva de la presente resolución.

- Los demás efectos contenidos en el cuerpo de la resolución, en relación con las costas del incidente de oposición y el privilegio del crédito del acreedor instante.

Madrid, 8 de octubre de 2010.- El Secretario Judicial.

Informes
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