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Concurso de acreedores Equipamiento Y Decoracion Sa (En Liquidacion)

El 01-07-2014, Equipamiento Y Decoracion Sa (En Liquidacion), en ESQUIROZ (Navarra) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de PAMPLONA. El número de insolvencia de esta empresa es A31076524. La actividad (principal) de Equipamiento Y Decoracion Sa (En Liquidacion) es fabricación de muebles.
Se ha abierto la sección 6.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Equipamiento Y Decoracion Sa (En Liquidacion)
Localidad:
ESQUIROZ
Provincia:
Navarra
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
A31076524
Número de insolvencia:
A31076524
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
A POLIGONO INDUSTRIAL COMARCA II 35
31191 ESQUIROZ
Mostrar en tarjeta
-
CL :
LANTZELUZE 1
31013 BERRIOZAR
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
09-10-2014
A140048331
 
  • Aprobación del plan de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña,

Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 0000261/2014 referente al concursado EQUIPAMIENTO Y DECORACIÓN, S.A., con CIF A31076524, con domicilio en Polígono Industrial Comarca 2, calle A, 35, de Esquíroz, por auto de fecha 10 de septiembre de 2014 se ha acordado lo siguiente:

1.- Aprobar el plan de liquidación para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concurso de acreedores de la entidad mercantil Equipamiento y Decoración, S.A., con las observaciones contenidas en el informe de la administración concursal y teniendo por no puesto el apartado "otras consideraciones", folio 3, segundo párrafo, en cuanto a gastos prededucibles.

2.- Fórmese la sección sexta de este procedimiento concursal, que comprenderá lo relativo a la calificación del concurso y sus efectos. Expídanse los testimonios precisos de los documentos y resoluciones a que se refiere el art. 167 de la LC.

Dentro de los diez días siguientes a la publicación de esta resolución en el BOE cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección de calificación alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Dentro de los quince días siguientes a la expiración del anterior plazo, sin necesidad de previa resolución judicial para el inicio de su cómputo, los administradores concursales presentarán un informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso, con propuesta de resolución.

3.- Dese publicidad a la presente resolución mediante la publicación de su parte dispositiva en el BOE, de forma gratuita.

Expídase mandamiento al Registrador Mercantil de Navarra comprensivo de los datos de identificación y parte dispositiva de esta resolución a fin de que se proceda a la inscripción de lo acordado.

4.- Hágase entrega de los despachos al Procurador de la concursada para que cuide de su diligenciamiento, cosa que deberá acreditar ante este Juzgado en el plazo de diez días.

Pamplona/Iruña, 10 de septiembre de 2014.- El/la Secretario/a judicial.

01-07-2014
n/a
 
  • Auto de declaración de concurso
 
Informes
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