María de las Nieves García Pérez, Secretaria judicial del Juzgado Mercantil número 1,
Hago saber:
1.- Que en el procedimiento concursal 1086/2009, por auto de fecha 30 de marzo de 2012 se ha acordado la apertura de la Fase de Liquidación en el concurso del deudor "Talleres Lombó, Sociedad Limitada", con CIF: número B-39232327 y con domicilio en Heras (Cantabria), Barrio la Estación, sin número.
2.- Quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.
3.- Se declara la disolución de la concursada "Talleres Lombó, Sociedad Limitada", acordándose el cese de sus administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal.
4.- Los efectos sobre los créditos concursales son los previstos en el artículo 146 LC, produciéndose desde este momento su vencimiento anticipado y la conversión en dinero de los que constan en otras prestaciones.
5.- En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la Administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.
Santander, 30 de marzo de 2012.- La Secretaria.
María de las Nieves García Pérez, Secretaria judicial del Juzgado Mercantil número 1,
Hago saber:
1.- Que en el procedimiento concursal 1086/2009, por auto de fecha 30 de marzo de 2012 se ha acordado la apertura de la Fase de Liquidación en el concurso del deudor "Talleres Lombó, Sociedad Limitada", con CIF: número B-39232327 y con domicilio en Heras (Cantabria), Barrio la Estación, sin número.
2.- Quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.
3.- Se declara la disolución de la concursada "Talleres Lombó, Sociedad Limitada", acordándose el cese de sus administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal.
4.- Los efectos sobre los créditos concursales son los previstos en el artículo 146 LC, produciéndose desde este momento su vencimiento anticipado y la conversión en dinero de los que constan en otras prestaciones.
5.- En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la Administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.
Santander, 30 de marzo de 2012.- La Secretaria.
Doña María Nieves García Pérez, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia número diez y de lo Mercantil de Santander, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 1086/2009, por auto de fecha 18.11.09 se ha declarado en concurso al deudor "Talleres Lombo, Sociedad Limitada", con CIF B-39232327 y con domicilio en Heras (Cantabria), Barrio la Estación, sin número.
2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal.
3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar desde la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios del Juzgado.
4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184,3 LC).
Santander, 18 de noviembre de 2009.- La Secretaria Judicial.