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Concurso de acreedores Promotora De Viviendas Concertadas De Mataro Sa

El 26-05-2014, Promotora De Viviendas Concertadas De Mataro Sa, en PREMIA DE DALT (Barcelona) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de BARCELONA. El número de insolvencia de esta empresa es A61389276. La actividad (principal) de Promotora De Viviendas Concertadas De Mataro Sa es actividades inmobiliarias.
Se ha abierto la sección 5.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Promotora De Viviendas Concertadas De Mataro Sa
Localidad:
PREMIA DE DALT
Provincia:
Barcelona
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
A61389276
Número de insolvencia:
A61389276
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Alquiler y gestión de inmuebles
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
VIA EUROPA 141
08303 MATARO
Mostrar en tarjeta
-
CR :
PREMIA DE MAR (Nº), 2 -4 0
08338 PREMIA DE DALT
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
08-08-2015
A150036617
 
  • Apertura de la sección quinta
 

Edicto de aprobación de convenio

Don Jesús Santiago Ortego Briongos, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.° 8 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber: Que en el concurso n.° 428/14, seguido en este Juzgado ha recaído la siguiente Sentencia, cuyo encabezamiento y extracto del fallo es del tenor literal siguiente:

"Sentencia n.º 139/15

En Barcelona a uno de julio de dos mil quince.

Vistos por Marta Cervera Martínez, Magistrada del Juzgado Mercantil n.° 8 de Barcelona, los presentes autos de procedimiento concursal, sección 5.ª de convenio, seguidos con el número 428/2014 entre:

Partes.- La entidad mercantil PROMOTORA DE VIVIENDAS CONCERTADAS DE MATARÓ, S.A., representada por la Procuradora de los Tribunales doña Beatriz Grech.

La administración concursal (Sr. Víctor Marroquín).

Causa.- Aprobación de convenio.

Fallo

La aprobación del convenio de acreedores de la entidad mercantil PROMOTORA DE VIVIENDAS CONCERTADAS DE MATARÓ, S.A., sometido a votación el 12 de junio de 2015, adquiriendo plena eficacia en los términos legales desde la fecha de su aprobación, cesando los efectos de la declaración de concurso y cesando los administradores, excepto en las labores derivadas de la fiscalización de la completa satisfacción de los créditos contra la masa.

Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación ante la Sala de lo Civil de la Audiencia Provincial de Barcelona."

Dado en Barcelona, 2 de julio de 2015.- El Secretario judicial, Jusús Santiago Ortego Briongos.

12-06-2014
A140030913
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto de declaración de concurso

Don Jesús Santiago Ortego Briongos, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 8 de los de Barcelona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado:

Número de asunto: Concurso 428/2014, Sección D.

NIG: 08019-47-1-2014-8003510.

Fecha del auto de declaración: 26/5/14.

Clase de concurso: Voluntario, ordinario.

Entidad concursada: PROMOTORA DE VIVIENDAS CONCERTADAS DE MATARÓ, S.A. con domicilio en Premia de Dalt (Barcelona) Carrtera Premia de Dalt a Premia de Mar n.º 2-4 con CIF n.º A61389276.

Administrador concursal: D. Víctor Marroquín Sagales, como Abogado.

Dirección postal: C/ Bori i Fontesta, n.º 6, 5.º 08021 en Barcelona.

Dirección electrónica: concursal@bufetemarroquin.com

Régimen de las facultades del concursado: Intervenidas.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la administración concursal, a través, de la dirección postal o electrónica antes señaladas y en la forma establecida en el artículo 85 de la Ley Concursal, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación en el B.O.E.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles.

Dado en Barcelona a, 27 de mayo de 2014.- El Secretario Judicial.

Informes
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