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Concurso de acreedores Balizamientos Y Señalizaciones Mallorca Sl

El 27-03-2014, Balizamientos Y Señalizaciones Mallorca Sl, en SA CABANETA (Baleares) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de PALMA DE MALLORCA. El número de insolvencia de esta empresa es B07818818. La actividad (principal) de Balizamientos Y Señalizaciones Mallorca Sl es actividades de construcción especializada.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Balizamientos Y Señalizaciones Mallorca Sl
Localidad:
SA CABANETA
Provincia:
Baleares
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B07818818
Número de insolvencia:
B07818818
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
CONRADORS 39
07141 SA CABANETA
Mostrar en tarjeta
-
CL :
POL. MARRATXI. CL CELLETERS 132
07141 SA CABANETA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
08-02-2018
A180008030
 

D. Vicente Manuel Bolufer Francia, Letrado de la Administración concursal del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Palma,

Hago saber: Que en este órgano judicial se tramita concurso 199/2014, seguido a instancias de Balizamientos y Señalizaciones Mallorca, S.L. (Basema) sobre concurso de acreedores en los que, por resolución de fecha 31/1/2018 se ha acordado:

1.- La conclusión del concurso del deudor Balizamientos y Señalizaciones Mallorca, S.L. (Basema), con CIF B07818818, y con domicilio Calle Conradors, 39, letra c, polígono de Marratxí, Palma con archivo de las actuaciones respecto del mismo.

2.- Se aprueban las cuentas rendidas por la Administración concursal.

Palma de Mallorca, 1 de febrero de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.

08-05-2014
A140022148
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Don Esteban Martínez Rovira, Secretario/a Judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca,

Por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º concurso 199/2014 y NIG 07040 47 1 2014 0000345, se ha dictado en fecha 27/3/2014 Auto de declaración de concurso voluntario del deudor Balizamientos y Señalizaciones Mallorca, S.L. (BASEMA), con CIF B-07818818, cuyo centro de intereses principales lo tiene en c/ Conradors, 39, letra C, Polígono de Marratxí, Marratxí.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.

3.º Se ha designado como administración concursal a D. Jaime Riutord Ramis, con domicilio postal en C/Paraires, n.º 34 A de Palma de Mallorca, 07001, con teléfono 971711077 y dirección electrónica señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos j.riutord@rocajunyent-riutordcontesti.com.

4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicada en el punto anterior.

5.º Dicha comunicación deberá presentarse directamente a la Administración Concursal en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse o remitirse al domicilio designado al efecto por la Administración Concursal. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales.

También se señalará por el acreedor un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicada. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. Salvo que los títulos o documentos figuren inscritos en un registro público, la administración concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito.

6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 11 de abril de 2014.- Secretario Judicial.

Informes
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