Doña María José Navarro Melchor, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente Hago saber:
Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso de Acreedores núm. 35/2009 habiéndose dictado en fecha 8 de febrero de 2011 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto de conclusión de concurso de acreedores de Newsor, S.L. y de Mani Accesorios, S.L. con CIF respectivos, B-97423669 y B-96702568, que es del tenor literal siguiente:
"Acuerdo:
"1.- Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de inexistencia de bienes o derechos propiedad del concursado ni de terceros responsables para satisfacer a los acreedores.
2.- Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación. Se acuerda disponer el cese del administrador concursal Leopoldo López Mañez, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.
3.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondientes mandamientos, al Registro de la Propiedad de Massamagrell conforme al artículo 178. 3 de LC, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.
4.- La presente resolución firme, se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24. Bien entendido que los correspondientes edictos se insertarán gratuitamente al haberse declarado la gratuidad en el auto de declaración de concurso, que serán entregados al Procurador Sra. María del Carmen Navarro Balaguer debiendo reportar en un plazo de diez días acreditación de su inserción telemática."
Valencia, 8 de febrero de 2011.- El Secretario Judicial.
Doña María José Navarro Melchor, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente,
Hago saber: Qe en este Juzgado se siguen autos de Concurso de Acreedores de Newsor SL y Mani Accesorios SL, con el número de registro 35/2009 en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 11 de enero de 2010 con el siguiente tenor literal: " quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del Administrador de la empresa concursada".
Se declara la disolución de las mercantiles concursadas Newsor, S.L., y Mani Accesorios, S.L., lo que conlleva el cese del administrador único, que será sustituido por el administrador concursal, Leopoldo López Máñez, cuyos datos obran en autos, que se presentará en este Juzgado, en un plazo de quince días a contar desde la notificación de la presente resolución, un plan adecuado para la realización de los bienes y derechos del concursado que forman parte de la masa activa del concursado de conformidad con el artículo 148.1 LC.
Procede el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los créditos realizables.
Y para que sirva de notificación y a los efectos del artículo 98 de la LC, se expide el presente.
Valencia, 11 de enero de 2010.- El Secretario Judicial.
Dña. Ana Escrivá Crespo, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia, por el presente,
Hago Saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores n.º 35/2009 habiéndose dictado en fecha 25 de mayo de 2009 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto de declaración de concurso de acreedores de Newsor SL y Mani Accesorios, SL, con número de CIF respectivos B-97423669 y B-96702568, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85 de la LC.
Valencia, 26 de mayo de 2009.- El Secretario Judicial.