Edicto
Doña Estefanía Cotobal Martín, Secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia número cuatro de Ourense, por el presente hago saber:
1º-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el numero Sección primera Declaración Concurso 112/2012 se ha dictado en fecha 15 de marzo 2012 Auto de Declaración de Concurso voluntario del deudor "Marmores e Granitos Toño e Manel, Sociedad Limitada", con CIF numero B-32.320.822,con domicilio social en Vilar da Barra 32152 Coles-Ourense.
2º-Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del administrador concursal, el letrado José Abundancia Domínguez, con domicilio en Rúa do Paseo, número 36, 2º D, 32003 Ourense, teléfono número 988-22.31.93 y dirección de correo electrónico j.abundancia@tele2.es.
3º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la ley concursal.
Dicha comunicación deberá presentarse ante este órgano judicial en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del titulo o de los documentos relativos al crédito.
4º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador/a y asistidos de letrado/a (artículo 184.3 ley concursal).
Ourense, 15 de marzo de 2012.- La Secretaria judicial.