Juzgado de lo Mercantil número 1 de Córdoba.
Edicto.
Que en el procedimiento Concurso Abreviado 911/13 con NIG 1402142M20130000966 referente al concursado Proavesur Cárnica, S.L., con CIF n.º B-14848576 por resolución de fecha 20 de abril de 2014, se ha acordado lo siguiente:
Se aprueba el plan de liquidación presentado por la administración concursal, al que deberán atenerse las operaciones de liquidación de la masa activa; ajustándose en lo no previsto a las reglas de los artículos 149 a 151 de la Ley Concursal.
Se acuerda formar la sección sexta de calificación, del concurso, lo que se anuncia por edictos que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de esta resolución, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Córdoba, 4 de mayo de 2015.- El/la Secretario Judicial.
Edicto
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Córdoba
Que en el procedimiento Concurso Abreviado 911/13, con NIG 1402142M20130000966, referente al concursado Proavesur Cárnica, S.L., con CIF n.º B14848576, por resolución de fecha 10 noviembre de 2014, se ha acordado lo siguiente:
Se acuerda formar la sección sexta de calificación, del concurso, lo que se anuncia por edictos que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de esta resolución, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Córdoba, 16 de febrero de 2015.- El/La Secretario judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número Concurso Abreviado 911/2013 referente al concursado Proavesur Cárnica, S.L. con CIF B14848576, por auto de fecha 10/11/14 se ha acordado lo siguiente:
1. Abrir la fase de liquidación del convenio a petición del deudor.
2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3. Se ha declarado disuelta la Proavesur Cárnica, S.L. cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
Córdoba, 10 de noviembre de 2014.- El/La Secretario Judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Córdoba (antiguo Instancia n.º 9), anuncia:
1. Que en el procedimiento número 911/2013, con NIG 1402142M20130000966 referente al deudor Proavesur Cárnica, S.L., con CIF n.º B14848576 y con domicilio en Ingeniero Iribarren, 9 polígono industrial La Torrecilla, Córdoba, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere en Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.
2. Se hace saber a los interesados que las partes personadas podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores, dentro del plazo diez días a contar desde la notificación a que se refiere el apartado 2 del artículo 95 de la Ley Concursal, a cuyo fin podrán obtener copia a su costa. Para los demás interesados el plazo de diez días, se computará desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado.
3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.
Córdoba, 18 de junio de 2014.- El/la Secretario Judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1.- Que en el procedimiento número 911/13, con NIG 1402142M20130000966, por auto de seis de marzo de 2014 se ha declarado en concurso Voluntario al Proavesur Cárnica, S.L. con código de identificación fiscal B14848576 y domicilio en calle Ingeniero Iribarren, número 9, polígono industrial La Torrecilla, 14013 de Córdoba, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Córdoba.
2.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3.- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido doña Inmaculada Morales Castillo, con domicilio postal en calle Doce de Octubre, 8-1.ª planta, de Córdoba, y dirección electrónica imcastillo@abogadosdocedeoctubre.com
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación de este anuncio que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
4.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Córdoba, 7 de marzo de 2014.- El/La Secretario Judicial.