EDICTO
Doña María Jesús Palmero Sandín, Letrada de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid.
En el procedimiento concursal 922/2010 se ha dictado auto en fecha 18 de mayo de 2020 por el que se ha declarado la conclusión del concurso de la mercantil Actuaciones Urbanísticas del Este de Madrid, S.L.U., por finalización de la fase liquidación.
La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento.
Madrid, 27 de mayo de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, María Jesús Palmero Sandín.
Edicto
Doña Maria Jesús Palmero Sandín, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (L.Co), anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 924/10 referente al concursado Actuaciones Urbanísticas del Este de Madrid, S.L.U., con CIF B84049006, por auto de fecha 9 de septiembre de 2013, se ha acordado lo siguiente:
Primero.- Aprobar el plan de liquidación propuesto por la administración concursal.
Segundo.- Formación de la Sección 6ª, poniendo en conocimiento de los interesados que dentro de los diez días siguientes a la última publicación podrán personarse en la sección sexta.
Madrid, 9 de septiembre de 2013.- El Secretario Judicial.
El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 922/2010 referente al concursado Actuaciones Urbanísticas del Este de Madrid, S.L.U., por auto de fecha cinco de febrero de dos mil trece se ha acordado lo siguiente:
1.-Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2.-La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3.-Se ha declarado disuelta la sociedad, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
4.-Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.
Madrid, 20 de febrero de 2013.- El/la Secretario Judicial.
Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
Que en el procedimiento número 922/10 se ha dictado auto de 26 de junio de 2012 acordando dejar sin efecto el nombramiento de Administrador concursal y nuevo nombramiento de Administrador concursal del deudor "Actuaciones Urbanísticas del Este de Madrid, S..LU.", CIF B-84049006, con domicilio en 28510 Campo Real (Madrid), calle Santa Ana, número 8. El referido auto, en su parte dispositiva literalmente dice:
1. Se deja sin efecto el nombramiento de don Miguel Ángel Alcaraz García como Administrador concursal, debido a su fallecimiento.
2. Se nombra Administrador del concurso por el mismo concepto a la mercantil "Roca Junyent, S.L.P.", a quien se le comunicará el nombramiento.
Madrid, 4 de septiembre de 2012.- El Secretario Judicial.
María Jesús Palmero Sandín, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, anuncia:
Primero. Que en el procedimiento concursal voluntario refrente al deudor Actuaciones Urbanísticas del Este de Madrid, S.L.U. CIF B84049006 se ha presentado el informe de la administración concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado.
Segundo. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado (con carácter gratuito) y en el tablón de anuncios de este Juzgado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. Las partes personadas podrán presentar impugnaciones dentro del plazo de diez días a contar desde la notificación de la providencia de fecha 22 de julio de 2011 (artículo 96.1º Ley Concursal). Las impugnaciones se sustanciarán por los trámites del incidente concursal.
Tercero. Las impugnaciones se realizarán por medio de Letrado y Procurador de los tribunales (artículo 184.4 Ley Concursal). Del escrito de demanda y documentos acompañados, deberán presentarse trece copias (13) en soporte de papel o en cd individualmente emblistado para el emplazamiento de los personados (artículo 94.3 Ley Concursal).
Madrid, 22 de julio de 2011.- La Secretario Judicial.
Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, se conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
Primero.-Que en el procedimiento Concurso Voluntario número 922/2010, por auto de 25 de febrero de 2011 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Actuaciones Urbanísticas del Este de Madrid, S.L.U., CIF B 84049006, con domicilio en 28510 Campo Real (Madrid), calle Santa Ana, n.º 8, donde radica el centro de sus intereses principales.
Segundo.-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal, integrada por el Abogado don Miguel Ángel Alcaraz García y por la Titulada Mercantil doña María Luisa Castrillo Núñez.
Tercero.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
Cuarto.-El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la última publicación de los anuncios, que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado, con carácter gratuíto, en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Registro Público Concursal, en su caso.
Qinto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Madrid, 25 de febrero de 2011.- La Secretaria Judicial.