Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Transportes Frigorificos Realcox Sl (En Liquidacion)

El 27-11-2013, Transportes Frigorificos Realcox Sl (En Liquidacion), en COX (Alicante) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de ALICANTE. El número de insolvencia de esta empresa es B54313309. La actividad (principal) de Transportes Frigorificos Realcox Sl (En Liquidacion) es transporte terrestre y por tubería.
Se ha declarado el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados.
Hay más datos disponibles de este expediente. Haga clic aquí para iniciar sesión o registrarse GRATIS.
Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Transportes Frigorificos Realcox Sl (En Liquidacion)
Localidad:
COX
Provincia:
Alicante
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B54313309
Número de insolvencia:
B54313309
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Transporte y almacenamiento
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
RAMON AVILA SANTO 35
03350 COX
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
08-03-2014
A140009197
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Edicto

D. Jorge Cuéllar Otón, Secretario del Juzgado de lo Mercantil numero 3 de Alicante, sede en Elche, por el presente hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Abreviado - 000642/2013, siendo la concursada TRANSPORTES FRIGORÍFICOS REALCOX, S.L., con C.I.F./N.I.F. número B-54313309, con domicilio en Calle Ramón Ávila Santos, 35 Cox (Alicante), en el que se ha dictado decreto de fecha 25/02/2014, que contiene los siguientes pronunciamientos:

1.- Abrir la fase de liquidación del presente concurso.

2.- Quedar en suspenso durante la fase de liquidación las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

3.- Se declara la disolución de la mercantil y el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.

4.-Respecto de los créditos concursales, además de los efectos establecidos en el capítulo II del Título III de LC, se produce el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

5.- Durante la fase de liquidación seguirán aplicándose las normas contenidas en el Título III de la LC en cuanto no se opongan a las específicas del presente capítulo.

6.- Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el BOE, en el Registro Público Concursal, y Tablón de Anuncios de la Oficina Judicial (artículos 23.1 y 144 de la LC).

Elche, 25 de febrero de 2014.- El Secretario Judicial.

25-02-2014
A140005829
 
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante, con sede en Elche, por el presente hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores abreviado número 000642/2013, siendo la concursada TRANSPORTES FRIGORIFICOS REALCOX, S.L., en el que se ha presentado por la Administración concursal el Informe preceptuado en el artículo 74 L.C., y se ha dictado Providencia de fecha 6/02/14, que contiene entre otros los siguientes pronunciamientos:

1.- Las partes personadas podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores, dentro del plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, a cuyo fin podrán obtener copia a su costa.

2.- Para los demás interesados el plazo de diez días se computará desde la publicación del edicto en el BOE.

3.- La impugnación habrá de formularse mediante escrito presentado en Decanato como tal que habrá de adoptar forma de demanda (art. 399 LEC, proponiendo si es de su interés la prueba que estime necesaria); dicho escrito de impugnación deberá verificar el traslado previo establecido en el artículo 276 LEC, con la preceptiva asistencia de Letrado y representación por Procurador (Art. 184.3 de la LC).

Elche, 6 de febrero de 2014.- El Secretario judicial.

21-12-2013
A130067898
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto

D. Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente hago saber:

Que por auto de fecha 27/11/13 en el procedimiento con número de autos 000642/2013 y N.I.G. 03065-66-2-2013-0000664, se ha declarado en Concurso Abreviado Voluntario al deudor Transportes Frigoríficos Realcox, S.L., con domicilio en Calle Ramón Ávila Santos, 35, Cox (Alicante), y CIF n.º B-54313309, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 3269, libro 0, folio 141, hoja n.º A-111191, representada por el procurador D. Alejandro García Ballester.

Facultades del concursado: Intervenido.

Administrador Concursal: Que ha sido nombrado D. Francisco Leonis Abril, colegiado del Ilustre Colegio de Alicante, con domicilio postal: Calle Doctor Fleming, 4, Aspe (Alicante), y dirección de correo electrónica: f.leonis@economistas.org, para que los acreedores efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del presente B.O.E.

Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación.

Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso conforme al artículo 23 LC.

Elche, 4 de diciembre de 2013.- El Secretario Judicial.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
Concursal.es se dedica a actualizar y completar periódicamente el contenido de este sitio web, a partir de fuentes públicas. Pese al esfuerzo y la atención de esta labor, es posible que el contenido esté incompleto o contenga alguna imprecisión. Concursal.es pone a disposición el contenido del sitio web en su estado original ("As is"), sin garantía alguna en cuanto a su vigencia, su idoneidad para un fin determinado o en cualquier otro sentido. Concursal.es no asumirá ninguna responsabilidad por daños causados o que se puedan causar, o que se deriven o que tengan algún tipo de conexión con el uso de Concursal.es o con la imposibilidad de consultar el sitio web. Además de lo expuesto en este aviso legal, Concursal.es no será responsable por los archivos de terceros vinculados al sitio web. La vinculación no implica la ratificación de dichos archivos.

Destacado


Subastas en línea

    Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Twitter
    Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Facebook
    • Binq Media B.V., Media Park, Locatie Heideheuvel H1, Mart Smeetslaan 1, 1217 ZE Hilversum, Países Bajos