Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Aupeba De Torreperogil Sl (En Liquidacion)

El 29-07-2013, Aupeba De Torreperogil Sl (En Liquidacion), en TORREPEROGIL (Jaén) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de JAÉN. El número de insolvencia de esta empresa es B23510860. La actividad (principal) de Aupeba De Torreperogil Sl (En Liquidacion) es actividades de construcción especializada.
La Junta de Acreedores está planificada.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Aupeba De Torreperogil Sl (En Liquidacion)
Localidad:
TORREPEROGIL
Provincia:
Jaén
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B23510860
Número de insolvencia:
B23510860
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
VELAZQUEZ 11
23320 TORREPEROGIL
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
26-03-2018
A180021277
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC),

Anuncia

1.º- Que en el procedimiento número 293.05/2013, con NIG 2305042M20130000227 por Auto de 8 de marzo de 2018 se ha declarado la conclusión del concurso referente al deudor Aupeba de Torreperogil, S.L.U.

2.º- Se aprueban las cuentas presentadas por la administración concursal.

3.º- Se declara el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.

Jaén, 21 de marzo de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

01-04-2014
A140015125
 
  • Desconvocatoria de Junta de Acreedores
  • Cese de los Administradores
  • Se deja sin efecto la fase de convenio
  • Apertura de la fase de liquidación
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil de Jaén anuncia:

Que el procedimiento concursal número Apertura Sección 293.05/2013 referente al concursado Aupeba de Torreperogil, S.L.U., por auto de fecha 12/03/14 ha acordado lo siguiente:

1.- Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 10/01/14, por no haberse presentado ninguna propuesta.

2.- Dejar sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de acreedores para el día 10 de abril de 2014 a las 10:00 horas.

3.- Abrir, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1.° de la LC.

4.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

Jaén, 12 de marzo de 2014.- El/la Secretario Judicial.

31-01-2014
A140004069
 
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil de Jaén anuncia:

1.- Que el procedimiento concursal número Apertura Sección 293.05/2013, referente al concursado Aupeba de Torreperogil, S.L.U., se ha convocado Junta de acreedores, que se celebrará el día 10 de abril de 2014, a las 10,00 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado.

2.- Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.

Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del articulo 115.3 de la LC.

3.- Tiene derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.

Jaén, 10 de enero de 2014.- El/la Secretario Judicial.

02-12-2013
A130065022
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil de Jaén, anuncia:

1.- Que en el procedimiento concursal número 293/2013, referente al deudor Aupeba de Torreperogil, S.L.U., se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.

Jaén, 12 de octubre de 2013.- El/la Secretario judicial.

08-10-2013
A130055311
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 293/2013, con NIG 2305042M20130000227, por auto de 29/07/13 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Aupeba de Torreperogil, S.L.U., con CIF B-23510860, con domicilio en C/ Velázquez, n.° 11, de Torreperogil, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en C/ Velázquez, n.° 11, de Torreperogil (Jaén).

2°.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal.

3°.- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido:

Medina Cuadros Concursal, S.L.P.

Domicilio postal: C/ Federico Mendizábal, n.º 12, de Jaén.

Dirección de correo electrónico: concursoaupeba@medinacuadros.es.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

4°.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Jaén, 10 de septiembre de 2013.- La Secretaria judicial.

Informes
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