Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Persona física

El 20-01-2011, Persona física, en ESPEJO (Córdoba) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de CÓRDOBA. El número de insolvencia de esta empresa es 79214033D. La actividad (principal) de Persona física es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
Se ha declarado el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Persona física
Localidad:
ESPEJO
Provincia:
Córdoba
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
79214033D
Número de insolvencia:
79214033D
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
PG :
INDUSTRIAL ACAPARRAL 9
14830 ESPEJO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
19-11-2012
A120077173
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba

Anuncia

Que en el procedimiento concursal nº Concurso Abreviado 4/2011 referente al concursado Jorge Sánchez Casado con DNI 79214033 D, por auto de fecha cuatro de octubre de dos mil doce se ha acordado lo siguiente:

1.- Abrir la fase de liquidación del convenio a petición del deudor.

2.- La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

3.- Se ha declarado disuelta la entidad Maderas Miguel Pérez S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.

4.- Decretar el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

5.- Expedir los mandamientos correspondientes al Registro Mercantil de Córdoba para la anotación, en la inscripción correspondiente a la concursada, de la apertura de la fase de liquidación del concurso, del acuerdo de disolución de la sociedad concursada, del cese de sus administradores y su sustitución por los administradores concursales, de las limitaciones de las facultades de administración y disposición de la misma y de la formación de la sección de calificación.

6.- Proceder a la formación de la sección sexta de calificación del concurso. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de ese auto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Córdoba, 22 de octubre de 2012.- La Secretario Judicial.

19-02-2011
9113
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Córdoba (antiguo Instancia n.º 9) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1.º Que en el procedimiento n.º 4/2011, por auto de 20 de enero de 2011, se ha declarado en concurso Voluntario Abreviado del deudor Jorge Sánchez Casado, con NIF 79214033D, domicilio en c/ Virgen de la Fuensanta, 2-1.º, Espejo, Córdoba y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Polígono El Alcaparral, nave 4, Espejo, Córdoba.

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal.

3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Córdoba, 21 de enero de 2011.- El/la Secretario Judicial.

Informes
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