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Concurso de acreedores Proyectos Muro-21 Sl (En Liquidacion)

El 30-09-2011, Proyectos Muro-21 Sl (En Liquidacion), en MURO (Baleares) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de PALMA DE MALLORCA. El número de insolvencia de esta empresa es B57075434. La actividad (principal) de Proyectos Muro-21 Sl (En Liquidacion) es construcción de edificios.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Proyectos Muro-21 Sl (En Liquidacion)
Localidad:
MURO
Provincia:
Baleares
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B57075434
Número de insolvencia:
B57075434
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
JAUME II, 8 - BJ A 0
07440 MURO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
03-12-2011
86168
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto.

Don Enrique Díaz Revorio, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Palma de Mallorca, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I Declaración concurso 402/ 2011 se ha dictado a instancias de Proyectos Muro 21, S.L., en fecha 30/09/11 Auto de Declaración de Concurso voluntario.

2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la ley concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este juzgado en el plazo de quince días a partir de la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial de Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, en su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias autenticas, del título o de los documentos relativos al crédito.

4º.- Que los acreedores e interesados, que deseen comparecer en el procedimiento, deberán hacerlo por medio de procurador/a y asistidos de letrado/a (art.º 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 8 de noviembre de 2011.- El Secretario Judicial.

Informes
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