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Concurso de acreedores terminado Plasmont Martos Sociedad Limitada

El 01-01-0001, Plasmont Martos Sociedad Limitada, en MARTOS (Jaén) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de JAÉN. El número de insolvencia de esta empresa es B23456692. La actividad (principal) de Plasmont Martos Sociedad Limitada es fabricación de productos de caucho y plásticos.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Plasmont Martos Sociedad Limitada
Localidad:
MARTOS
Provincia:
Jaén
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B23456692
Número de insolvencia:
B23456692
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
PG :
INDUSTRIAL TRAVESIA DE TORRE DEL CAMPO 0
23600 MARTOS
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
21-02-2015
A150006159
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

El Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 y de lo Mercantil de Jaén en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23, en relación con el 177.3 de la Ley Concursal, anuncia:

1.º Que en el procedimiento concursal número 574/2009, por auto de fecha 26/12/2014 se ha declarado la conclusión del concurso del deudor Plasmont Martos, S.L.

2.º Se aprueban las cuentas presentadas por la administración concursal.

3.º Se declara el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.

Jaén, 7 de enero de 2015.- La Secretaria judicial.

07-05-2010
28418
 
  • Desconvocatoria de Junta de Acreedores
  • Cese de los Administradores
  • Se deja sin efecto la fase de convenio
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección quinta
 

El Juzgado de lo Mercantil de Jaén anuncia que el procedimiento concursal número Apertura Sección 574.05/2009, referente al concursado Plasmont Martos, Sociedad Limitada, por auto de fecha 5 de abril de 2010, ha acordado lo siguiente:

1.- Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 15 de febrero de 2010, por no haberse presentado ninguna propuesta.

2.- Dejar sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de acreedores señalada para el día 20 de abril de 2010.

3. Abrir, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1º de la Ley Concursal.

4. Declarar disuelta la sociedad concursada cesando en sus funciones los administradores que serán sustituidos por la administración concursal.

5. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

La publicación tendrá carácter de gratuíto dada la insuficiencia de bienes del concursado y de la masa activa.

Jaén, 5 de abril de 2010.- El/La Secretario Judicial.

30-12-2009
93631
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

El Juzgado de Primera Instancia nº 4 y de lo Mercantil de Jaén en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 574/2009, por auto de diez de diciembre de dos mil nueve se ha declarado en concurso voluntario al deudor Plasmont Martos, S.L., con Nif B 23.456.692, con domicilio social, fiscal e industrial en Martos (Jaén), Polígono Industrial, Tavesía de Torredelcampo, s/n., y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Martos (Jaén).

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 LC).

Jaén, 10 de diciembre de 2009.- El/la Secretario Judicial.

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