ÓRGANO JUDICIAL
Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Toledo
Dirección: Calle MARQUES DE MENDIGORRIA 2
Localidad: Toledo
Código Postal: 45071
Provincia: Toledo
Teléfono: 925396030
Correo electrónico: mercantil1.toledo@justicia.es
PROCEDIMIENTO
Concursal
Número: 153/2013
NIG: 4516841120130009269
RESOLUCIÓN PROCESAL
Auto
Fecha: 13/09/2021
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: un mes
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
INFORMACIÓN ADICIONAL
D. ARTURO GARCIA DEL CASTILLO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil de TOLEDO,
A N U N C I A
Que en el Procedimiento Concursal núm. 153/2013, seguido en este órgano judicial, referente al deudor TOLEPLAC S.L., se ha dictado auto de conclusión del concurso por insuficiencia de la masa activa en fecha 13 de septiembre de 2021, en el cual se ha acordado lo siguiente:
1.-Declarar la conclusión del concurso del deudor TOLEPLAC S.L., con C.I.F. B45505187, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa con los efectos establecidos en el artículo 483 a 485 el TRLC y aprobadas las cuentas presentadas por la Administración Concursal.
2.- Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.
3.- Se declara extinguida la persona jurídica de TOLEPLAC S.L., con C.I.F. B45505187 y se acuerda la cancelación de su inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
4.- A la presente resolución firme, de conformidad con lo dispuesto en artículo 558 del TRLC, se dará la publicidad prevista en el artículo 37 TRLC.
A tal efecto líbrese mandamiento al Registro Mercantil de Toledo y al Registro público concursal y hágase entrega al procurador de la concursada para cuidar de su diligenciado.
5.- Archivar definitivamente las actuaciones.
6.- Librar testimonio de la presente, llevando el original al libro de resoluciones que corresponda.
Toledo, 15 de septiembre de 2021.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ARTURO GARCIA DEL CASTILLO