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Concurso de acreedores Alimentos Arosa Sa

El 14-05-2012, Alimentos Arosa Sa, en CAMBADOS (Pontevedra) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de BILBAO. El número de insolvencia de esta empresa es A36011591. La actividad (principal) de Alimentos Arosa Sa es industria de la alimentación.
Se ha abierto la sección 6.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Alimentos Arosa Sa
Localidad:
CAMBADOS
Provincia:
Pontevedra
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
A36011591
Número de insolvencia:
A36011591
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
PG :
INDUSTRIAL SETE PIAS (OUBIÑA) 0
36630 CAMBADOS
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
21-05-2013
A130028246
 
  • Plan de liquidación
  • Aprobación del plan de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia), anuncia:

1. Que en el procedimiento concursal número 339/12, referente al concursado Alimentos Arosa, S.A., Alimentos La Formidable, S.L., Apikale, S.L., Relaxia, S.L., Elai Alai, S.L. y Kurlutxu, S.L, en fecha 23/04/2013, se ha dictado auto aprobando el plan de liquidación, cuyo encabezamiento y parte dispositiva, es del tener literal siguiente:

AUTO

Juez que lo dicta: D. Zigor Oyarbide de la Torre

Lugar: Bilbao (Bizkaia)

Fecha: veintidós de abril de dos mil trece

PARTE DISPOSITIVA

1.- Se aprueba el plan de liquidación presentado por la administración concursal respecto de las sociedades en concurso Alimentos Arosa, S.A., Alimentos La Formidable, S.L., Apikale, S.L., Elai Alai, S.L, Kurlutxu, S.L., y Relaxia, S.L., al cual deberán de atenerse las operaciones de liquidación de la masa activa.

En lo que no estuviere previsto, se seguirán las reglas legales supletorias recogidas en el art. 149 LC.

2.- Recordar a la administración concursal la presentación de los informes del artículo 152 de la LC.

3.- En caso de suspenderse las operaciones de liquidación con motivo de las impugnaciones del inventario o de la lista de acreedores, se podrá requerir a los impugnantes para que presten una caución que garantice los posibles daños y perjuicios por la demora.

4.- Inscríbase la Aprobación del Plan de Liquidación en el Registro Mercantil (art. 24 LC).

5.- Fórmese la sección sexta que se encabezará con testimonio de esta resolución, del auto de declaración del concurso y del informe del Administrador Concursal (artículo 167.1 LC). Hágase constar en el edicto que dentro de los diez días siguientes a la última publicación de esta resolución acordando la formación de la sección sexta, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

El edicto se fijará en el BOE, en el Registro Público Concursal y Tablón de Anuncios de la Oficina Judicial (artículos 23 LC) preferentemente por vía telemática.

La publicación en el Boletín Oficial del Estado tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado.

6.- Notificar la presenta resolución al deudor y a los acreedores personados.

MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 148.2 de la LC).

El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LEC).

Para interponer el recurso será necesario la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el grupo Banesto (Banco Español de Crédito) con el número 2195, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un "Recurso" código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15.ª de la LOPJ).

No están obligados a constituir el depósito para recurrir los declarados exentos en la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Bilbao, 23 de abril de 2013.- La Secretario Judicial.

03-05-2013
A130020649
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia) anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 339/2012 referente al concursado Alimentos Arosa, S.A., Alimentos La Formidable, S.L., Apikale S.L., Conservas y Elaborados Guau, S.A., Elai Alai, S.L., Kurlutxu, S.L. y Relaxia, S.L. con CIF.: A-36011591, B-36005486, B-48973176, A-36011583, B-95429239, B-95594081, B-95640983 por auto de fecha 07/02/2013 se ha acordado lo siguiente:

1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.

2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

3.- Se han declarado disueltas las Mercantiles, cesando en sus funciones sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.

Bilbao, 7 de febrero de 2013.- El/la Secretario Judicial.

26-05-2012
A120037125
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

Doña Begoña Vesga Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia), por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 339/2012 y NIG n.º 48.04.2-12/010246 se ha dictado, en fecha 14 de mayo de 2012, auto de declaración de concurso voluntario del deudor declarar en concurso de acreedores voluntario conexo a los deudores Alimentos Arosa, S.L., con CIF A-36011591; Alimentos La Formidable, S.L., con CIF B-36005486; Apikale, S.L., con CIF B-48973176; Conservas y Elaborados Guau, S.L., con CIF A-36011583; Elai Alai, S.L., con CIF B-95429239; Kurlutxu, S.L., con CIF B-95594081 y Relaxia, S.L., con CIF B-95640983, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la circunscripción de esta jurisdicción.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición, que seguirá ejerciciendo el deudor. Se ha designado, como administración concursal a la persona jurídica DLB Solvent Concursal, S.L.P, con domicilio en 48001 Bilbao, c/ Ibáñez de Bilbao, n.º 3, 4.º dpto. 7.

Mail: grupoapikale@webconcurso.es

Web: www.webconcurso.es/grupoapikale.html

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos, que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

Bilbao, 14 de mayo de 2012.- La Secretaria Judicial.

Informes
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