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Concurso de acreedores Lacados Mequinenza Sl

El 23-05-2013, Lacados Mequinenza Sl, en MEQUINENZA (Zaragoza) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de ZARAGOZA. El número de insolvencia de esta empresa es B50850049. La actividad (principal) de Lacados Mequinenza Sl es fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo.
Se ha abierto la fase de liquidación.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Lacados Mequinenza Sl
Localidad:
MEQUINENZA
Provincia:
Zaragoza
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B50850049
Número de insolvencia:
B50850049
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
:
POL IND RIOLS 0
50170 MEQUINENZA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
03-01-2015
A140063344
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
 

Edicto

Doña Carmen Montaner Zueras, Secretaria judicial, del Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza, anuncia:

Que en el Concurso Abreviado 198/2013-G, por auto de fecha 16-12-2014, se ha acordado lo siguiente:

1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición de la Administración concursal de las mercantiles concursadas Extrusionados Llinars, S.L., con CIF B50601939, y Lacados Mequinenza, S.L., con CIF B50850049.

2.- La suspensión de las facultades de administración y disposición de las concursadas sobre su patrimonio. Se han declarado disueltas dichas mercantiles, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal D. Agustín Aguilón Gutiérrez..

Zaragoza, 16 de diciembre de 2014.- La Secretaria Judicial.

25-07-2013
A130040846
 
  • Cese de los Administradores
 

Dª María Jaén Bayarte, Secretaria judicial, del Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza, por el presente hago saber:

1.- Se ha declarado concurso que se sigue con el nº 198/2013-G Y NIG 50297 47 1 2013 0000432.

2.- Carácter del concurso: Voluntario y Abreviado.

3.-Fecha de declaración: 23-05-2013.

4.- Deudor en concurso: Extrusionados Llinars, S.L., con CIF B-50601939 y domicilio en Polígono Alcalde Caballero, C/ Monasterio de las Huelgas s/n, parc. C-5C de Zaragoza, y Lacados Mequinenza, S.L. con CIF B-50850049, con domicilio en Polígono Ind. Riols, s/n de Mequinenza (Zaragoza).

5.- Facultades de administración: Intervenidas.

6.- No ha solicitado ni la liquidación ni han presentado propuesta anticipada de convenio.

7.-Administración concursal: Agustín Aguilón Gutiérrez.

Domicilio postal: Marina Española, nº 10, 2º E de Zaragoza; teléfono 976274814 Dirección electrónica: ac.llinarsmequinenza@gmail.com

8.-Plazo de comunicación de créditos: Un mes, directamente a la administración concursal en la dirección postal o electrónica que figuran en el punto anterior.

No se admitirá comunicación de créditos alguna en el Juzgado.

Zaragoza, 27 de junio de 2013.- La Secretaria Judicial.

23-05-2013
n/a
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 
PARTE DISPOSITIVA. Acuerdo: 1.- Declarar en concurso a EXTRUSIONADOS LLINARS S.L. con en/ B-50601939 y domicilio en Polígono Alcalde Caballero, C/ Monasterio de las Huelgas s/n, parc. C-SC de Zaragoza y a LACADOS MEQUINENZA S.L. con CIF B-50850049, y domicilio en Polígono Ind, Riols S/n de Mequinenza (Zaragoza) toda vez que ha sido acreditado su estado de insolvencia actual. 2.- Tener por personado en el presente concurso, en nombre y representación del concursado, al Procurador Sr. JOSÉ ANDRÉS ISIEGAS GERNER, con quien se entenderán las sucesivas diligencias y actuaciones. 3.- Considerar el concurso con el carácter de voluntario y abreviado. 4.- Indicar que los deudores no han solicitado la liquidación de su patrimonio. 5.- Determinar que las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio del deudor quedan intervenidas por la administración concursal que se designará al efecto, mediante su autorización o conformidad. 6.- La administración concursal, al amparo de lo previsto en los artículos 26 y 27 de la LC, con las facultades determinadas en el apartado anterior, estará integrada por: - Al economista D. AGUSTIN AGUILÓN GUTIÉRREZ. 7.- Comunicar el nombramiento a la administración designada haciéndole saber que en el plazo de cinco días siguientes al recibo de la comunicación (artículo 29 de la LC), deberá comparecer ante este órgano judicial y manifestar su aceptación o no del cargo, apercibiéndosela que se encuentra sometida al régimen de incapacidades, incompatibilidades y prohibiciones del artículo 28 de la LC. 8.- Hágase saber a la administración Concursal, de conformidad con el artículo 74 de a LC que el plazo para presentar el informe será de UN MES, debiendo presentar el Inventario de Bienes y Derechos de la Masa Activa dentro de los quince días siguientes a la aceptación del cargo.Hágase saber al mismo que la ruta de Acceso respecto de la Comunicación obligatoria a realizar por la Administración Concursal a la Agencia Tributaria resulta la siguiente: https://www.agenciatributaria.gob.es Sede electrónica - Procedimientos, Servicios y Tramites (Información Y Registro) - Otros Servicios - Comunicación Administración concursal. Para acceder a la misma se necesita CERTIFICADO EXPEDIDO POR LA FNMT. Allí encontrarán el formulario a rellenar y remitir, permitiendo obtener justificante de su remisión para acreditar el cumplimiento del requisito legal. La Ruta de Acceso a realizar por la administración concursal a la Tesorería General de la Seguridad. Social será a través de la dirección de Internet siguiente: https://sede.seg-social.gob.es En dicha página se seguirá la siguiente ruta: Registro Electrónico>Acceso al Registro>Otros procedimientos>Comunicación de la Declaración de Concurso por parte de la Administración Concursal a la Tesorería General de la Seguridad Social. Para realizar la transmisión telemática es necesario que el administrador concursal cuente con el correspondiente certificado digital o con el DNI electrónico. Hágase saber al mismo que la ruta de Acceso respecto de la Comunicación obligatoria a realizar por la Administración Concursal a la Agencia Tributaria resulta la siguiente: 9.- Llamar, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.5°, 84 y 85 de la LC, a todos los acreedores del concursado, para que en el plazo de UN MES, a contar desde el día siguiente a la publicación del correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado, comuniquen a la administración concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quién acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El domicilio y la dirección electrónica señalados a efectos de comunicaciones serán únicos y deberán ser puestos en conocimiento del juzgado por el administrador concursal al tiempo de la aceptación del cargo o, en su caso, al tiempo de la aceptación del segundo de los administradores designados.10.- Realizar por la administración concursal, una vez acepte el cargo y sin demora alguna, una comunicación individualizada, en los términos previstos en el artículo 21.4 de la LC. La comunicación se efectuará por medios telemáticos, informáticos o electrónicos cuando conste la dirección electrónica del acreedora La comunicación se dirigirá por medios electrónicos a la AEAT y a la TGSS a través de los medios que éstas habiliten en sus respectivas sedes electrónicas, conste o no su condición de acreedoras. Igualmente se comunicará a la representación de los trabajadores, si la hubiere, haciéndoles saber de su derecho a personarse en el procedimiento como parte. 11.- Hacer pública la presente declaración de concurso por medio de Edictos que, uno, se publicará en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita y de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la LC, en la forma y con los requisitos establecidos en el articulo 21 de la LC y, otro, con los mismos requisitos, en el tablón de anuncios de este órgano judicial. 12.- Expedir los despachos correspondientes, de conformidad con lo previsto en el articulo 24 de la LC, que serán entregados a la representación procesal del concursado, para su inmediata remisión y práctica de los asientos registrales previstos en los correspondientes Registros, una vez acepte el cargo la Administración concursal.El concursado, LACADOS MEQUINENZA S.L., tiene bienes y derechos inscritos en registros públicos en concreto en: Registro de la Propiedad de Caspe, finca de Mequinenza n° 6284, Solar en término de Mequinenza. El concursado, EXTRUSINADOS LL/NARS S.L. no tiene bienes ni derechos inscritos en registros públicos. 13.- Indicar que las personas legitimadas, conforme a la Ley Concursal, para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado, a salvo lo que dispone la Ley de Procedimiento Laboral para la representación y defensa de los trabajadores. 14.- Poner en conocimiento del concursado el deber de comparecer personalmente ante este órgano judicial y ante la administración concursal cuantas veces sea requerido y el de colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso. 15.- Comunicar la declaración de concurso al Juez Decano de Zaragoza, para su traslado a los Juzgados de Primera Instancia y al Delegado del Decano en los Juzgados de lo Social de esta localidad. Así mismo, comuníquese dicha declaración a los demás Juzgados de lo Mercantil de esta localidad y al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Caspe. 16.- Entregar los oficios, edictos y mandamientos que se expidan en cumplimiento de lo ordenado en esta resolución a la representación procesal del concursado para que los diligencie de inmediato una vez se proceda a aceptar el cargo por la Administración concursal. 17.- Abrir la fase común de tramitación del concurso y formar las Secciones segunda, tercera y cuarta, ordenándose en cuantas piezas sean necesarias o Convenientes; cada una de estas secciones, se encabezará por el testimonio de la solicitud y del Auto. 18.- El presente auto producirá sus efectos de inmediato y será ejecutivo aunque no sea firme la presente resolución. 19.- Notifíquese la presente resolución a la AEAT, FOGASA Y TGSS.
Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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