Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Renova Rehabilitaciones Y Obras Sl

El 29-07-2014, Renova Rehabilitaciones Y Obras Sl, en CALVIA (Baleares) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de PALMA DE MALLORCA. El número de insolvencia de esta empresa es B57623324. La actividad (principal) de Renova Rehabilitaciones Y Obras Sl es construcción de edificios.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Renova Rehabilitaciones Y Obras Sl
Localidad:
CALVIA
Provincia:
Baleares
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B57623324
Número de insolvencia:
B57623324
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
PINS (PAGUERA), 21 - BJ 0
07184 CALVIA
Mostrar en tarjeta
-
CL :
ANTONI RIBAS, 3 - LOC DR 0
07006 PALMA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
16-07-2016
A160045393
 
  • Conclusión del concurso
 

D. Vicente Bolufer Francia, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:

Que en los autos del concurso voluntario con NIG 07040 47 1 2014 0000680 y número 420/2014, se ha acordado librar el presente edicto de corrección de errores del anuncio publicado en el BOE número 154, página 37218 de 27 de junio de 2016, de la mercantil Renova Rehabilitaciones y Obras, S.L., con CIF B57623324, en el sentido de rectificar el número que aparece en el párrafo "Declarar la conclusión del presente concurso 637/2012 del deudor, RENOVA REHABILITACIONES Y OBRAS, S.L., por finalización de las operaciones de liquidación.", debe decir "Declarar la conclusión del presente concurso 420/2014 del deudor, RENOVA REHABILITACIONES Y OBRAS, S.L., por finalización de las operaciones de liquidación.".

Palma de Mallorca, 7 de julio de 2016.- Letrado de la Administracion de Justicia.

27-06-2016
A160040258
 
  • Conclusión del concurso
 

D. Vicente Manuel Bolufer Francia, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma,

Hace saber: Que en este órgano judicial se tramita Concurso Voluntario Abreviado n.º 420/2014, seguido a instancia de la deudora Renova Rehabilitaciones y Obras, S.L., CIF B57623324, en los que, por resolución de fecha 20 de junio de 2016 se ha acordado:

"...Declarar finalizada la fase de liquidación del presente procedimiento concursal 637/2012, del deudor Renova Rehabilitaciones y Obras, S.L., con conclusión y archivo de las actuaciones.

Se aprueban las cuentas rendidas por la Administración concursal.

Se acuerda la extinción de las personas jurídicas y cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil..."

Palma de Mallorca, 20 de junio de 2016.- Letrado de la Administracion de Justicia.

02-08-2014
A140041119
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Don ESTEBAN MARTÍNEZ ROVIRA, Secretario judicial del Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:

1º.-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 420/2014-A (NIG: 07040 47 1 2014/0000680) se ha dictado en fecha 09.07.2014 auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor a la mercantil RENOVA REHABILITACIONES Y OBRAS, S.L., con CIF B57623324,, y con domicilio en C/ Los Pinos, n.º 21, bajos, Paguera (Calviá); tramitándose el concurso conforme a las normas del procedimiento ordinario.

2º.-Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición de la entidad declarada en concurso en las que será sustituida por la Administración Concursal.

3º.-Se ha nombrado Administrador Concursal a doña JUANA MARTA GARCÍA FIOL, de profesión Economista, con domicilio profesional en la calle José Tous I Ferrer, n.º 12, 2.º A, de Palma de Mallorca, CP 07002, y cuya dirección electrónica es martagarcia@moyauditoria.com, la dirección postal donde efectuar comunicación de créditos es la misma que el despacho para el ejercicio del cargo.

4º.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

5º.-Dicha comunicación deberá presentarse directamente a la Administración Concursal en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse o remitirse al domicilio designado al efecto por la Administración Concursal. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales.

También se señalará por el acreedor un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. Salvo que los títulos o documentos figuren inscritos en un registro público, la administración concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito.

6º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art.º 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 29 de julio de 2014.- El Secretario judicial.

Informes
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