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Concurso de acreedores Urbacabanes Sl

El 10-12-2012, Urbacabanes Sl, en CABANES (Castellón) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de CASTELLÓN DE LA PLANA. El número de insolvencia de esta empresa es B12660619. La actividad (principal) de Urbacabanes Sl es construcción de edificios.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Urbacabanes Sl
Localidad:
CABANES
Provincia:
Castellón
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B12660619
Número de insolvencia:
B12660619
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
:
PZ TINENCA 7
12180 CABANES
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
05-02-2013
A130005129
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

D. Jorge González Rodríguez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber:

Primero: Que por Auto de fecha 10/12/2012, dictado en el procedimiento de concurso abreviado, n.º 000828/2012, NIG n.º 12040-66-2-2012-0000957, seguido en este Juzgado, se ha declarado en concurso voluntario y abreviado al deudor "Urbacabanes, S.L.", domiciliado en Plaza de la Tinença, 7, Cabanes y C.I.F. número B12660619.

Segundo: Que se ha determinado el régimen de intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado.

Tercero: Que se ha designado como Administrador Concursal a D. Miguel Ángel Palau Arnau, con domicilio en C/ Mayor, núm. 70, 1.º, C.P. 12001 Castellón, y dirección electrónica palau@castaliaconcursal.com, a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 85 LC.

Cuarto: Que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursal será de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado.

Quinto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas.

Castellón, 17 de enero de 2013.- El/La Secretario/a Judicial.

Informes
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