Don Juan Luis Ramos Mendoza, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de 1.ª Instancia N.º 4 y de lo Mercantil de Guadalajara, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 177.3 de la Ley Concursal (LC),
ANUNCIA
I.-Que en el procedimiento concursal número 708/2012, por auto de fecha 27 de febrero de 2020, se ha declarado la conclusión y el archivo de este procedimiento concursal por la por inexistencia de bienes y derechos en la masa activa con los que satisfacer los créditos contra la masa del concurso, del concursado MEDICINA DEPORTIVA GUADALAJARA, S.A., CIF N.º A-19038025.
II.-Con la referida resolución cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, cesando en su cargo el administrador judicial designado, acordando la inscripción de la conclusión del concurso en el registro Civil correspondiente al nacimiento del concursado.
La declaración de concurso del deudor, dentro de los cinco años siguientes a la reseñada Resolución, tendrá la consideración de reapertura de éste procedimiento.
Guadalajara, 27 de febrero de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Juan Luis Ramos Mendoza.
Edicto.
Doña Eva Soriano Alonso, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 4 y de lo Mercantil de Guadalajara, anuncia:
Que en el procedimiento concursal S5L concurso 0708/2012 referente al concursado Medicina Deportiva Guadalajara, S.A., CIF número A-19038025, con domicilio en calle Toledo, número 48, de Guadalajara, por auto de fecha 23 de mayo de 2013, se ha acordado lo siguiente:
Primero.- Abrir la tase de liquidación del concurso de oficio.
Segundo.- Se ha declarado disuelta la sociedad Medicina Deportiva Guadalajara, S.A., acordándose la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio, cesando su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
Tercero.- Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de esta resolución de apertura de la fase de liquidación, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en la sección de calificación, alegando por escrito cuanto considere relevar e para la calificación del concurso como culpable (artículo 168.1 Ley Concursal).
Guadalajara, 23 de mayo de 2013.- La Secretaria Judicial.
Edicto
Doña Eva Soriano Alonso, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 4 y de lo Mercantil de Guadalajara, anuncia:
Primero.-Que en el procedimiento concursal número sección I declaración concurso 708/2012, referente al concursado Medicina Deportiva Guadalajara, S.A., se ha convocado Junta de Acreedores que se celebrará el día 15 de julio de 2013, a las 10:00 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado.
Segundo.-Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.
Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la Ley Concursal.
Tercero.-Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la Ley Concursal.
Guadalajara, 15 de abril de 2013.- EL/La Secretario/a Judicial.
Edicto.
Doña María Emma López Portillo, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 4 y de lo Mercantil de Guadalajara, anuncia:
Primero.- Que en el Sección I declaración concurso 708/2012, referente al deudor Medicina Deportiva Guadalajara, S.A., CIF número A-10038025, con domicilio en calle Toledo, número 48, bajo, Guadalajara, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.
Segundo.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.
Tercero.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la Ley Concursal).
Guadalajara, 14 de enero de 2013.- El/la Secretario/a Judicial.
Edicto.
Doña María Emma López Portillo, Secretario Judicial de Juzgado de Primera Instancia n.º 4 y de lo Mercantil de Guadalajara, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I declaración concurso 0000 708/2012 se ha dictado en fecha 22 de noviembre de 2012 Auto de declaración de concurso del deudor "Medicina Deportiva Guadalajara, S.A.", con CIF n.º A-19038025, con domicilio social en Guadalajara, c/ Toledo, n.º 48, bajo.
2.º Se ha acordado que el deudor mantiene las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, si bien quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los Administradores concursales, mediante su autorización o conformidad, facultades que ostentarán además de las previstas legalmente. Se ha designado, como administración concursal a don Pedro B. Martín Molina, Auditor de Cuentas, Economista, Abogado y Titulado Mercantil, con domicilio postal en Guadalajara, c/ Travesía Fernando Beladíez, n.º 6, local 8; y dirección electrónica señalada medicinadeportiva@legalyeconomico.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado".
4.º Los acreedores interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).
Guadalajara, 4 de diciembre de 2012.- La Secretario Judicial.