Edicto.
Doña Jara Naya Alfranca, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción, n.º 1, de Teruel (Mercantil), por el presente,
Hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I del Concurso 352/2012, se ha dictado en fecha 9 de julio de 2020, auto de Conclusión de Concurso voluntario Abreviado del deudor Daramon Teruel, S.L., con C.I.F. B-44193977, y domicilio en Avenida América, n.º 3, bajo, de Teruel.
2.º Se acuerda la extinción de la persona jurídica de la mercantil concursada Daramon Teruel, S.L., y en consecuencia líbrese Mandamiento a los registros públicos correspondientes para la Correspondiente cancelación de su inscripción.
Teruel, 9 de julio de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Jara Naya Alfranca.
Edicto
Doña Susana Aquillue Sebastián, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 (Mercantil) de Teruel, anuncia:
Que en la sección V declaración concurso 00000352/2012, referente al concursado, Daramon Teruel, S.L. por auto de fecha de dos de octubre de dos mil trece, se ha acordado lo siguiente:
Acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Dentro de los 10 días siguientes a la última publicación de este edicto, que esta previsto anunciarlo en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y fijado en el tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Teruel, 2 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.
Edicto
Doña Susana Aquillue Sebastián, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción (Mercantil) número 1 de Teruel, anuncia:
Que en la sección I declaración concurso 0000352/2012, referente al concursado Daramon Teruel, S.L. con CIF B-44193977, por decreto de fecha veintisiete de marzo de dos mil trece, se ha acordado lo siguiente:
1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3. Se ha declarado disuelta la mercantil Daramon Teruel, S.L., cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
Teruel, 27 de marzo de 2013.- La Secretaria Judicial.
Edicto.
Doña Susana Aquillue Sebastián, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción (Mercantil) número 1 de Teruel, anuncia:
1º.- Que en la Sección I Declaración Concurso 0000352/2012, referente al deudor Daramon Teruel, S.L., se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.
2º.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.
3º.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC).
Teruel, 24 de enero de 2013.- La Secretaria Judicial.
Edicto.
Doña Laura Hernández Marzo, Secretaria Judicial del Jdo. 1.ª Inst. e Instrucción (Mercantil) número 1 de Teruel, por el presente,
Hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración concurso 0000352/2012 se ha dictado en fecha Auto de Declaración de concurso voluntario abreviado del deudor Daramon Teruel, S.L., con C.I.F.: B-44193977, cuyo centro de intereses principales lo tiene en avenida América, 3, bajo, 44002 Teruel.
2.º Se ha acordado que el deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de estas a la intervención de la Administración, mediante su autorización o conformidad. Se ha designado como administración concursal a don Jorge Casanueva Tomás, con domicilio postal en calle Cirilo Amorós, 76, puerta 12, 46004 de Valencia, y dirección electrónica señalada jorge@alamar.eu para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
4.º Que los acreedores interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).
Teruel, 9 de noviembre de 2012.- La Secretaria Judicial.