Edicto
Doña Carmen Montaner Zueras, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Zaragoza, anuncia:
1.- Que en el concurso n.º 324/12-A, en el que figura como concursada la mercantil Arenas y Gravas Aragón, S.L., CIF B-50766351, se ha dictado el día 29/05/14 sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por dicha concursada y aceptado en la Junta de Acreedores celebrada el día 06/05/14.
2.- La sentencia se fundamenta en que la propuesta ha sido aceptada por mayoría suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal y en no apreciarse infracción de las normas que regulan los convenios y la adhesión en la Ley Concursal.
El convenio está de manifiesto en la Secretaria del Juzgado para quienes acrediten interés en su conocimiento.
3.- Contra la sentencia cabe recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Zaragoza que se interpondrá ante este Juzgado dentro del plazo de veinte días contados desde el siguiente a la notificación de aquella a las partes personadas, y para las no personadas computándose desde la última publicación de este edicto, que ha de publicarse en el BOE y en tablón de anuncios del Juzgado.
Zaragoza, 29 de mayo de 2014.- La Secretaria Judicial.
Doña CARMEN MONTANER ZUERAS, Secretaria Judicial de Zaragoza,
Anuncia:
1.º Que en el procedimiento concursal número sección I declaración de concurso 0000324 /2012 referente al concursado "Arenas y Gravas Aragón, S.L.", con CIF: B-50766351, se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 6 de mayo de 2014, a las 9:30 horas de su mañana, en la Sala de Vistas n.º 38, de la Ciudad de la Justicia, edificio Vidal de Canellas, escalera F, 2.ª planta.
2.º Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.
Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la L.C.
3.º Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de Apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la L.C.
Zaragoza, 10 de febrero de 2014.- La Secretaria Judicial.
Edicto
Doña Carmen Montaner Zueras, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, anuncia:
1. Que en el sección I declaración concurso 0000324/2012-A, referente al deudor Arenas y Grabas Aragón, S.L. se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.
2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el BOE y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.
3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la LC).
Zaragoza, 1 de abril de 2013.- El/La Secretario/a Judicial.
Edicto declaración concurso
Doña Carmen Montaner Zueras, Secretaria judicial del Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Zaragoza, por el presente, hago saber:
1.-Se ha declarado concurso que se sigue con el n.º 324/12-A y NIG 50297 47 1 2012 0000648.
2.-Carácter del concurso: voluntario y abreviado.
3.-Fecha de la declaracion: 06/09/12.
4.-Deudor en concurso: Aremas y Gravas Aragón, S.L., CIF B50766351, con domicilio en Tauste (Zaragoza), Via Perimetral, s/n.
5.-Facultades de administración: intervenidas.
6.-No ha solicitado liquidación.
7.-Administración concursal: Estelas Asesoras, S.L., CIF B99332801.
Domicilio postal: C/ Joaquín Costa, 2, 1.º dcha. (Zaragoza).
Dirección electrónica: acarenasygravas@hotmail.es
Tlf. 976225519.
8.-Plazo de comunicación de créditos: 15 días, directamente a la administración concursal en la dirección postal o electrónica que figuran en el punto anterior.
Zaragoza, 13 de septiembre de 2012.- La Secretaria judicial.
PARTE DISPOSITIVA. Acuerdo: 1.- Declarar en concurso a ARENAS Y GRAVAS ARAGON S.L., CIF B60866351, con domicilio en Tauste (Zaragoza), Vía Perimetral s/n, inscrita en el Registro Mercantil de Zaragoza al tomo 2324, folio 1, hoja Z-23419, toda vez que ha sido acreditado su estado de insolvencia actual. 2.- Tener por personado en el presente concurso, en nombre y representación del concursado, a la Procuradora Da CELIA CEBRIAN ORGAZ, con quien se entenderán las sucesivas diligencias y actuaciones. 3.- Considerar el concurso con el carácter de voluntario. 4.- Indicar que el deudor no ha solicitado la liquidación de su patrimonio. 5.- Determinar que las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio del deudor quedan intervenidas. 6.- La administración concursal, al amparo de lo previsto en los artículos 26 y 27 de la LC, con las facultades determinadas en el apartado anterior, estará integrada por: - Al ESTELAS ASESORAS S.L.P. 7.- Comunicar el nombramiento a la administración designada haciéndole saber que en el plazo de cinco días siguientes al recibo de la comunicación ( artículo 29 de la LC ), deberá comparecer ante este órgano judicial y manifestar su aceptación o no del cargo, apercibiéndosela que se encuentra sometida al régimen de incapacidades, incompatibilidades y prohibiciones del artículo 28 de la LC. 8.- Hágase saber a la administración concursal que, de conformidad con el artículo 191 de la LC, el plazo para presentar el inventario de bienes y derechos de la masa activa es de quince días, contados, a partir del día siguiente a la aceptación del cargo; y que el plazo para presentar el informe será de un mes a contar desde el mismo momento que el anterior. De conformidad con el artículo 191, la administración concursal, con una antelación mínima de cinco días previos a la presentación del informe al juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores. 9.- Llamar, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.5°, 84 y 85 de la LC, a todos los acreedores del concursado, para que en el plazo de quince, a contar desde el día siguiente a la publicación del correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado, comuniquen a la administración concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quién acredite representación suficiente de ellos, y en el que se expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, y caso de invocarse un privilegio especial, loa bienes y derechos a que afecte y, en su caso, datos regístrales, acompañado de los originales de los documentos relativos al crédito, de la representación en su caso alegada y, una copia de todo ello. 10.- Realizar por la administración concursal, una vez acepte el cargo y sin demora alguna, una comunicación individualizada, en los términos previstos en el artículo 21.4 de la LC. La comunicación se efectuará por medios telemáticos, informáticos o electrónicos cuando conste la dirección electrónica del acreedor. La comunicación se dirigirá por medios electrónicos a la AEAT y a la TGSS a través de los medios que éstas habiliten en sus respectivas sedes electrónicas, conste o no su condición de acreedoras. Rutas de acceso: A)aeat: https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede//Inicio/Inicio.shtml Procedimientos, Servicios y Trámites (Información y Registro)-Otros Servicios-Comunicación Administración concursal. B) tgss: https://sede.seg-social.gob.es/Sede_l/index.htm Registro electrónico-Acceso al Registro-Otros procedimeintos-comunicación de la Declaración de concurso por parte de la Administración Concursal a Tesorería General de la Seguridad social. (Es necesario certificado digital o DNI electrónico) Igualmente se comunicará a la representación de los trabajadores, si la hubiere, haciéndoles saber de su derecho a personarse en el procedimiento como parte. 11.- Hacer pública la presente declaración de concurso por medio de Edictos que, uno, se publicará en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita y de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la LC, en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la LC y, otro, con los mismos requisitos, en el tablón de anuncios de este órgano judicial. La remisión del edicto al boletín se realizará de forma telemática por este órgano. 12.- Expedir los despachos correspondientes, de conformidad con lo previsto en el artículo 24 de la LC, que serán entregados a la representación procesal del concursado, para su inmediata remisión y práctica de los asientos registrales previstos, en concreto, Registro Mercantil de Zaragoza, haciéndoles saber que hasta que no sea firme la presente resolución, la anotación se hará con carácter preventivo, sin perjuicio que se proceda a la inscripción definitiva, una vez que conste la firmeza. El concursado tiene bienes y derechos inscritos en registros públicos, en concreto, Registro de Bienes Muebles y Registro de la Propiedad de la Almunia de Doña Godina. A) Vehículos: MARCA MODELO MATRICULA. MERCEDES BENZ 3641FKR. SEMIREMOLQUE BASCULANTE R6880BBZ. MERCEDES BENZ 3650FKN. SEMIREMOLQUE BASCULANTE R6879BBZ. FORD CONNET KOMBI 8037FJC. MERCEDES Z6930BS. MERCEDES 8564DMB. SCANIA 3585BXK. CITROEN C3 8733DKZ. RENAULT 0076DRY. B)Inmuebles: REGISTRO TOMO LIBRO FOLIO FINCA LA ALMUNIA 1898 112 66 10104 1898 112 65 10103 1898 112 115 10153 1898 112 113 10151 1898 112 108 10146 1898 112 62 10100 1898 112 61 10099 1900 112 82 10333 1898 112 198 10224 1898 112 82 10120 1898 112 111 10149 1898 112 81 10119 1898 112 120 10148 1898 112 83 10121 1898 112 84 10122 1898 112 73 10111 1898 112 75 10113 1898 112 107 1014513.- Indicar que las personas legitimadas, conforme a la Ley Concursal, para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado, a salvo lo que dispone la Ley de Procedimiento Laboral para la representación y defensa de los trabajadores. 14.- Poner en conocimiento del concursado el deber de comparecer personalmente ante este órgano judicial y ante la administración concursal cuantas veces sea requerido y el de colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso. 15.- Comunicar la declaración de concurso al Juez Decano de Zaragoza para su traslado a los Juzgados de Primera Instancia y al Delegado del Decano en los Juzgados de lo Social de esta localidad. Así mismo, comuníquese dicha declaración a los demás Juzgados de lo Mercantil de esta localidad, y al Juzgado Decano de La Almunia de Doña Godina. 16.- Entregar los oficios, edictos y mandamientos que se expidan en cumplimiento de lo ordenado en esta resolución a la representación procesal del concursado para que los diligencie de inmediato, y acredite a este órgano judicial haber presentado los despachos en el plazo de cinco días. 17.- Abrir la fase común de tramitación del concurso y formar las Secciones segunda, tercera y cuarta, ordenándose en cuantas piezas sean necesarias o convenientes; cada una de estas secciones, se encabezará por el testimonio de la solicitud y del Auto. 18.- El presente auto producirá sus efectos de inmediato y será ejecutivo aunque no sea firme la presente resolución. Notifíquese a TGSS, AEAT y FOGASA.