Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Proalicent Sl

El 13-12-2010, Proalicent Sl, en LA ROMANA (Alicante) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de ALICANTE. El número de insolvencia de esta empresa es B54059084. La actividad (principal) de Proalicent Sl es construcción de edificios.
El concurso ha concluido.
Hay más datos disponibles de este expediente. Haga clic aquí para iniciar sesión o registrarse GRATIS.
Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Proalicent Sl
Localidad:
LA ROMANA
Provincia:
Alicante
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B54059084
Número de insolvencia:
B54059084
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CR :
NOVELDA 0
03669 LA ROMANA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
24-04-2014
A140018452
 
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

Doña CRISTINA CIFO GONZÁLEZ, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante,

Por el presente hago saber: Que en fecha 9 de abril de 2014 se ha dictado auto de conclusión del concurso que se tramita en este Juzgado con el n.º 599/10, frente a la mercantil PROALICENT, S.L., con CIF/NIF número B-54059084, con domicilio en Carretera Novelda a La Romana, km 9.3, La Romana (Alicante), cuya parte dispositiva es la siguiente:

1.- Se declara concluso el concurso de acreedores de PROALICENT, S.L.

2. El deudor PROALICENT, S.L., queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.

3.- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor PROALICENT, S.L., que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación.

4.- Se acuerda la extinción de PROALICENT, S.L., decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia.

5.- Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 23 de diciembre de 2013

6.- Se acuerda el cese de lo administradores concursales, a salvo la facultad para proseguir actuaciones en defensa de intereses patrimoniales de la concursada y requiérase la devolución de la credencial.

Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil.

En tanto no se cree el Registro Público Concursal, publíquese el edicto en extracto en el BOE de forma gratuita.

Líbrense al efecto los correspondientes mandamientos y oficios que se entregan al Procurador del solicitante para su diligenciamiento, debiendo en el plazo de cinco días acreditar la presentación con los requisitos necesarios ante las oficinas correspondientes, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad profesional en caso de demora.

Contra esta resolución no cabe recurso (art. 177).

Alicante, 14 de abril de 2014.- La Secretaria Judicial.

29-10-2011
75784
 
  • Cese de los Administradores
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

D./Dña. Cristina Cifo González, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante, por el presente hago saber que en fecha 5 de octubre de

2011 se ha dictado auto de fin de la fase común y apertura de liquidación de la mercantil Proalicent, S.L., con C.I.F. número B-54059084, con domicilio en Carretera Novelda a la Romana Km 9.3, La Romana, en el concurso que se tramita en este Juzgado con el numero 000599/10-R, cuya parte dispositiva es la siguiente:

1. Se acuerda poner fin a la fase común.

2.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación y apórtese testimonio del inventario de la masa activa que consta en el informe definitivo

3. Se acuerda la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Titulo III de la Ley Concursal.

4. Se declara la disolución de la mercantil Proalicent, S.A. con CIF B-54059084, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal

5. Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.

6. Preséntese por la Administración Concursal en el plazo de 8 días el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC, debiendo contener una enumeración de todos los activos reflejados en el inventario con su valoración y las formas concretas propuestas en cada caso para su enajenación

7. Procédase a la formación de la Sección Sexta de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el art. 167 LC, así como informe de la Administración Concursal del articulo 74 LC (sin inclusión de anexos por su volumen)

Dentro de los 5 días siguientes a la última publicación del presente auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse y ser parte en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable (Art 168 LC)

Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Publico Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil

En tanto no se cree el Registro Público Concursal, publíquese el edicto en extracto en el BOE de forma gratuita

Alicante, 5 de octubre de 2011.- La Secretario.

14-05-2011
35318
 
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

El Juzgado Mercantil número 1 de Alicante, anuncia:

1.- De conformidad con el artículo 75 de la Ley Concursal, y conforme al art. 23, 95 y 96 L.C., se dicta el presente edicto al objeto de dar publicidad a la presentación del informe por el/los Administradores Concursales, proveído por resolución de fecha 8/03/11, dictado en el concurso seguido en este Juzgado con el 599/10-R y de la concursada Proalicent, S.L., Con C.I.F. B-54059084.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaria del Juzgado, así como obtener copias a su costa.

2.- Haciéndoseles saber que frente al inventario y lista de acreedores los interesados podrán formular impugnaciones en forma de demanda (art. 192 L.C. y 399 L.E.C.) presentada en Decanato, con identificación del proceso concursal al que se refieren y en el plazo de 10 días, que empezará a contar respecto de las partes personadas desde la notificación de esta resolución y para los demás interesados desde la última publicación general del edicto.

Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.

Alicante, 8 de marzo de 2011.- Secretario Judicial, Virginio Sánchez Barberán.

24-01-2011
2258
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

Don Virgilio Sánchez Barberán, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante dictó, de conformidad con el artículo 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado:

Juzgado: Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante. Calle Pardo Gimeno, 43.

Número de asunto: 599/10-R.

Tipo de concurso: Voluntario Abreviado.

Entidad instante del concurso y concursado: Proalicent, S.L., con C.I.F. B-54059084, con domicilio en Carretera de Novelda a la Romana KM 9.3, La Romana.

Representación y asistencia técnica: Letrado Mariano José Hernández Rico y Procurador Sr. Vicente Jiménez Izquierdo.

Fecha de presentación de la solicitud: 13 de diciembre de 2010.

Fecha del auto de declaración: 13 de diciembre.

Administrador concursal: María Asunción García Lledó, Abogado, Teléfono 965421547.

Facultades del concurso: Se mantienen las facultades de administración y disposición.

Constancia del patrimonio inmobiliario: Si consta.

Llamamiento a los acreedores: Disponen de un plazo de quince días desde la publicación de los edictos para comunicar los créditos a la administración concursal la existencia de su crédito a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación conforme establece el artículo 85 de la Ley Concursal.

Forma de personación: Por medio de Abogado y Procurador ante este Juzgado. La comunicación a los acreedores no personados se hará a la administración concursal. Los autos, informes y documentación transcendental del concurso quedan en la Secretaría del Juzgado para su examen por los interesados, en horas de audiencia.

Alicante, 15 de diciembre de 2010.- Secretario Judicial.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
Concursal.es se dedica a actualizar y completar periódicamente el contenido de este sitio web, a partir de fuentes públicas. Pese al esfuerzo y la atención de esta labor, es posible que el contenido esté incompleto o contenga alguna imprecisión. Concursal.es pone a disposición el contenido del sitio web en su estado original ("As is"), sin garantía alguna en cuanto a su vigencia, su idoneidad para un fin determinado o en cualquier otro sentido. Concursal.es no asumirá ninguna responsabilidad por daños causados o que se puedan causar, o que se deriven o que tengan algún tipo de conexión con el uso de Concursal.es o con la imposibilidad de consultar el sitio web. Además de lo expuesto en este aviso legal, Concursal.es no será responsable por los archivos de terceros vinculados al sitio web. La vinculación no implica la ratificación de dichos archivos.

Destacado


Subastas en línea

Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Twitter
Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Facebook
  • Binq Media B.V., Media Park, Locatie Heideheuvel H1, Mart Smeetslaan 1, 1217 ZE Hilversum, Países Bajos