El Juzgado de lo Mercantil de AlmerÃa, anuncia:
Que en el procedimiento número 740/2013 instado por GESTIÓN INTEGRAL DE GASOLINERAS, S.L. con C.I.F. B-04632394, y domicilio en Carretera de San AgustÃn, n.º 71, Las Norias de Daza - El Ejido (AlmerÃa) se ha dictado Auto de Conclusión de Concurso de fecha 29 de Marzo de 2017 en cuya parte dispositiva se dispone:
- El archivo y conclusión del presente procedimiento concursal, por insuficiencia de masa activa.
- Se declara aprobada la rendición de cuentas final de los administradores.
- Se declara la extinción de la mercantil GESTIÓN INTEGRAL DE GASOLINERAS, S.L.
- PublÃquese la presente resolución en el tablón de anuncios de este Juzgado, en el BoletÃn Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal.
- Se decreta el cese de la administración concursal.
AlmerÃa, 30 de marzo de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia. MarÃa Victoria López RodrÃguez.
Edicto
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Almería,
Anuncia:
1.º Que en el procedimiento concursal número Apertura Sección 740.05/2013 referente al concursado Gestion Integral de Gasolineras, S.L., con CIF: B-04632394, se ha dictado con fecha 1/9/2014, Auto en el que se hace constar:
Que debo aprobar y apruebo el plan de liquidación presentado por la Administración Concursal de la entidad Gestión Integral de Gasolineras, S.L., conforme al cual se llevarán a cabo las operaciones de liquidación.
Expidase mandamientos a los Registros correspondientes para la práctica de los asientos conducentes a la constancia registral de la presente resolución.
Procédase a la formación de la Sección Sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución.
Dése a esta resolución la publicidad ordenada por la L.C.
Almería, 1 de septiembre de 2014.- El/la Secretario/a Judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Almería (antiguo Instancia n.º 7) anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número 740/2013 referente al deudor Gestión Integral de Gasolineras, S.L., con C.I.F. B-04632394, y domicilio en Carretera de San Agustín, n.º 71, Las Norias de Daza-El Ejido (Almería), se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.
2.- Las partes personadas podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores dentro del plazo de Diez días, a contar desde la notificación de la resolución que acuerda la presentación del informe. Para los demás interesados el plazo de díez días se computará desde la ultima publicación de este edicto, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado, presentando las impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.
3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.
Almería, 20 de junio de 2014.- El/La Secretario Judicial.
Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Almeria, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número Apertura Sección 740.05/2013, referente al concursado Gestión Integral de Gasolineras, S.L., con CIF B-04632394, y comicilio en carretera de San Agustín, n.º 71, Las Norias de Daza, El Ejido (Almería), por Auto de fecha 30/4/2014 se ha acordado lo siguiente:
1. Abrir la fase de liquidación a petición del deudor.
2. La suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, siendo sustituido por la Administración concursal.
Almeria, 30 de abril de 2014.- El Secretario Judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Almería, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia
1.º Que en el procedimiento número 740/2013, con NIG 0401342M20130000784 por auto de 26/03/2014, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Gestión Integral de Gasolineras, S.L., con Cif B-04632394, y domicilio en Carretera de San Agustín, n.º 71, Las Norias de Daza - El Ejido (Almería), cuyo centro de principales intereses lo tiene en dicho domicilio.
2.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la Administración concursal.
3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC. A estos efectos se informa que ha sido nombrado Administrador Concursal D. Carlos de Pablo Blaya con NIF- 50.690.939-C, designado como dirección postal paseo de Almería n.º 37, planta 4.ª, puerta 1, CP: 04001 (Almería), número de teléfono 915599447, así como dirección electrónica juridico@appconsultores.es, en las que efectuar las comunicaciones de créditos.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de ese Juzgado.
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
En Almería, 25 de abril de 2014.- El/La Secretario judicial.